Rigen desde hoy y son parte de las 537 solicitudes que enviaron 72 Intendentes. Enterate qué actividades y servicios incluyen, y dónde se aplica. Los comerciantes de nuestra ciudad deberán seguir esperando.
El gobierno bonaerense anuncio esta tarde que implementó una serie de excepciones a la cuarentena dictada por la Nación para prevenir el contagio de COVID 19. La lista incluye una variedad de actividades y servicios que se podrán desarrollar en 28 municipios bonaerenses de manera focalizada.
La nómina se confeccionó luego del análisis de 537 excepciones solicitadas por 72 municipios y a partir de un “exhaustivo análisis”. La nómina incluye servicios de cobranzas, atención médica y odontológica, algunas actividades de aseguradoras, atención a víctimas de violencia de género y algunas más. Hay que aclarar que no todas rigen en todos los distritos.
Los distritos alcanzados son Adolfo Alsina, Alberti, Avellaneda, Balcarce, Chivilcoy, Coronel Rosales, Exaltación de la Cruz, General Belgrano, General Las Heras, La Plata, Laprida, Lobos, Lomas de Zamora, Maipú, Mercedes, Morón, Necochea, Olavarría, Ramallo, Saavedra, Salliqueló, San Antonio de Areco, San Isidro, San Pedro, San Andrés de Giles, Suipacha, Tapalqué y Villa Gesell.
Vale destacar que de ese grupo de ciudades, sólo cinco -Avellaneda, La Plata, Lomas de Zamora, Morón y San Isidro- están dentro del Área Metropolitana. El resto corresponde a ciudades medianas y chicas del interior provincial.
También hay que subrayar que no todas las actividades están permitidas en todos los distritos. En La Plata, por ejemplo, sólo se permiten seis de las nueve actividades, aunque San Isidro, Lomas de Zamora y Avellaneda, por señalar algunas, tienen todas.
Esta es la lista de actividades autorizadas:
1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
7. Ópticas, con sistema de turno previo.
8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. (CAFEXMEDIO e Infocielo)