El constitucionalista bahiense se aboca a un sensible y delicado tema como es el del desarraigo el cual se torna espinoso al articularlo con los legisladores y los adicionales que se les reconoce.
Víctor Massuh asegura estar cada día más convencido en que el desarraigo es uno de los mayores males de los argentinos, al que define como la falta de apego al lugar donde se nace y se vive “un desinterés por los problemas del contorno, el fervor por algún país distante en cuyo suelo cultural se desearía haber nacido o la añoranza imprecisa de algún paisaje secreto que uno abandonó voluntariamente, al punto de que vivir hoy en la propia tierra equivale a un exilio”.
Señala igualmente como otras de sus manifestaciones “una disposición para el rápido desaliento ante cualquier revés: la reclusión en la sorna, la pronta desconfianza en la solvencia del prójimo y en las propias fuerzas, la caída en el juicio global negativo sobre el país y, finalmente, el abandono, el escepticismo, la renuncia, el deseo de irse”. (“La Argentina como sentimiento”)
Lamentablemente, muchos años después de aquella afirmación, la situación de cientos de argentinos que emigran en busca de lo que quizá este país no les pueda brindar, revela con crudeza la profunda crisis en la que nos vemos envueltos y de la cual el desarraigo es el obligado peaje que muchos deben pagar en procura de otros inciertos horizontes de los que, muchas veces, se retorna.
Pero lo que uno no podía imaginar era que la misma sensación de desarraigo sintieran los legisladores nacionales que cuentan en sus dietas con un suculento adicional basado en esa causa; y si bien dicho rubro abarca a ambas cámaras, la de Senadores presenta algunas características que la distinguen de la restante.
Si recurrimos al Diccionario de la lengua española, encontramos que Senado era la asamblea de patricios que formaba el Consejo Supremo de la antigua Roma; designándose igualmente así al cuerpo legislativo formado por personas cualificadas, elegidas o designadas por razón de su cargo, posición o título. No era este la opinión de Ambrose Bierce para quien el Senado era un “cuerpo de ancianos que cumple altas funciones y fechorías”, lo cual -como sabemos- en nuestro caso no resulta aplicable dada la cantidad de jóvenes legisladores en esa sala del Congreso.
En los albores del constitucionalismo, la Cámara Alta tuvo su origen en Inglaterra, cuando como consecuencia de lo estipulado en la Carta Magna de 1215, el Concejo de 25 Barones creado para controlar que el Monarca no creara per se nuevos tributos, se constituyera poco después en la base de la actual Cámara de los Lores, la que junto a los representantes de las villas y comunas, conformaran el parlamento bicameral inglés. La institución pasó a las ex colonias en América cuando se independizaran, si bien la razón de ser de ambas cámaras respondió a la necesidad de dar solución al conflicto originado por las desigualdades existentes entre los diversos estados. No obstante, y al comparar ambas salas, se preguntaba Tocqueville: “¿Por qué la flor y nata de la nación se encuentra en esta sala más bien que en la otra? ¿Por qué la primera asamblea reúne tantos elementos vulgares, cuando la segunda parece tener el monopolio de los talentos y de la inteligencia?”
En nuestro caso la existencia de la Cámara de Senadores se debe a la adopción del sistema federal para dar cabida a las autonomías provinciales; y al debatirse las calidades con que deberían contar sus integrantes -edad, nacionalidad, etc. -se propuso agregar la exigencia de “disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente” (art.55 de la Constitución vigente). Se pretendía con ello que el senador, en virtud de las altas responsabilidades que se le conferían, pudiera gozar de una situación económica holgada para así poder ejercer su cargo sin presiones.
La inclusión de este recaudo fue motivo de debates en el seno de la Convención, ya que algunos sostenían que el periodo de la anarquía había destruido muchas fortunas privando a ciertos ciudadanos capaces de poder acceder al cargo. Y así Llerena decía que el Senado “debía ser el templo de la gloria; que el dinero no llenaba sólo las calidades que debían tener los Senadores, que allí debían ir a ocupar un lugar los que hubiesen merecido bien de la Patria por sus anteriores servicios, y que aquellos no eran generalmente acaudalados”. No obstante que este requisito se encuentra regulado en el texto de la Ley Fundamental, nunca fue exigido produciéndose lo que se denomina una mutación por sustracción en la constitución material.
Hoy, por el contrario, en lugar de que los senadores deban contar con rentas suficientes al ingresar a la función, se procura que dichas rentas sean obtenidas durante los seis años que ejercerán el cargo. El texto constitucional en su art. 74 dispone que -al igual que ocurre con los otros dos poderes- “Los servicios de los senadores y diputados son remunerados por el Tesoro de la Nación, con una dotación que señalará la ley”. No se cuestiona el legítimo derecho al cobro de remuneraciones pues como decía el mismo Tocqueville “establecer funciones gratuitas, es crear una clase de funcionarios ricos e independientes, es formar el núcleo de una aristocracia. Si el pueblo conserva todavía el derecho de elegir, el ejercicio de ese derecho tiene, pues, límites necesarios”.
De allí que considera democráticos a los sistemas que, como el de los EE.UU., no admiten las funciones gratuitas, por cuanto “los servicios prestados al público, cualesquiera que sean, se pagan allí: por eso cada uno, y todos, no solamente tienen el derecho, sino la posibilidad de prestarlos”. Al decir la norma que los servicios son remunerados, ello significa que no se trata de un sueldo sino de una suerte de indemnización para compensar las pérdidas por la dedicación al cargo, especialmente si debe abandonar el lugar se sus actividades y residir en la Capital.
En consecuencia, si sólo es una remuneración de servicios, según Bielsa ella debería limitarse a los meses de sesiones, y asimismo pagarse proporcionalmente a la concurrencia a las mismas; como también -y en cuanto a su monto- debería fijarse conforme a los ingresos con los que el legislador contaba, con anterioridad a su incorporación a las cámaras.
Sea como fuere lo cierto es que hasta el año 2002 los integrantes del Senado gozaban de un adicional para “mantenimiento de automotores” lo cual llevaba a preguntarse para “mantener” qué vehículos se destinaba esa canonjía: se supone que si el senador está cumpliendo sus funciones en la Capital, no puede usar el automóvil de su propiedad que estará en la ciudad de la provincia donde viva y que contará para su movilidad con vehículos oficiales durante su permanencia en dicha Capital. Frente a los cuestionamientos que ese adicional generaba se decidió eliminarlo pero en esa misma jornada (27/3/2002) se adjudicaron otro adicional de igual monto en concepto de “desarraigo”, que representa más de un 14% de sus dietas.
En esa ocasión, resultó patético escuchar al presidente del cuerpo cuando con tono indignado criticaba a quienes sostenían que la medida se había dado a conocer cinco meses después de adoptada. Puede ser cierto que haya tomado estado público antes, pero esa no era la cuestión de fondo, sino las razones por las cuales se resolvió crear el citado adicional, el mismo día en que se suprimía otro plus y por igual importe, con lo cual, no se hizo más que respetar la máxima gatopardista: cambiar para que nada cambie.
Por tanto y desde entonces, siguen percibiendo ese adicional como también lo hacen los miembros “de la Cámara Baja en este mundo, sin esperanza visible de ascenso en el próximo” (Ambrose Bierce dixit).
Por otra parte resulta altamente extraño que hasta la fecha señalada, los senadores no sufrieran los efectos del “desarraigo” sino que fue justo ese día cuando comenzaran a experimentar los síntomas del mal y para evitar sus dañinas consecuencias crearan con premura digna de mejor causa el remedio salvador: un refuerzo de sus dietas con el cual, si bien no dejarán de extrañar el terruño natal, sus casas, sus familias y amistades, al menos podrán hacer más llevadera su augusta misión en territorio porteño.
Cabe señalar que son alcanzados por los efectos curativos de este adicional aquellos senadores que residen a más de 100 kmts. de la Capital con lo cual uno puede suponer que después de tanto tiempo, ya no sentirían los nocivos efectos del desarraigo, como venía ocurriendo hasta el 27 de marzo de 2002. Sin embargo, desde ese día y al suprimírseles el adicional por los automotores, padecieron una recidiva que, afortunadamente, lograron paliar a tiempo.
