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Se oficializaron los cambios en el monotributo: las fechas y montos límite

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ARCA oficializó la recategorización del monotributo, una serie de modificaciones sobre el RS y los periodos que tendrán en cuenta.

Tal y como había anunciado hace días la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el Gobierno nacional oficializó la recategorización del monotributo, una serie de modificaciones sobre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y los periodos que tendrán en cuenta para el cálculo a la que traspasarán, según las declaraciones.

En esta línea, ARCA informó que la fecha para realizar el trámite la fecha límite para cambiar la categoría del monotributo es el 5 de febrero y precisó que en relación a los montos, se podrán hacer cálculos estimativos, dado que la modificación aplicada tendrá los valores actualizados mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

En concreto, este martes el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5637/2025, en la que informaron que se contemplará la información suministrada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) como base de cálculo. Así, según el porcentaje de variación que dé a conocer el INDEC se aplicará la actualización.

En rigor, las modificaciones se realizarán en dos momentos, uno en enero que considerará los meses anteriores hasta diciembre y otro en julio, tendrá en cuenta el periodo anterior. Por caso, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Buenos Aires (CPBA) invitó a los contribuyentes a asesorarse con un contador público matriculado para “garantizar la correcta recategorización y evitar complicaciones de última hora”.

Pese a que desde ARCA aseguraron que las modificaciones buscan simplificar los proceso, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas ratificaron la necesidad de ser asistido por un contador público.
Si bien desde el ARCA que conduce Juan Pazo aseguran que los procedimientos se agilizaron para que el proceso sea más sencillo con la información disponible en los sistemas informáticos del organismo, desde el Consejo de los profesionales en ciencias económicas explicaron que las “normas contables, administrativas, financieras y económicas cambian a diario y es necesario estar bien asesorado”.

En este contexto, el Consejo informó que generó una en su página web un espacio para que las personas que tengan monotributo puedan consultar en el padrón de los profesional de las ciencias económicas que están matriculados para poder realizar las consultas necesarias y afrontar los tributos nacionales, provinciales y municipales, entre otros régimenes, de manera efectiva.

Cabe señalar que, desde su creación en 1946, el Consejo que actualmente preside Hugo Giménez, controla el ejercicio profesional de los profesionales matriculados en la provincia de Buenos Aires tanto en el ámbito público como el privado, incluyendo la investigación y la docencia.

El monto de las categorías del monotributo
Según el último dato dado a conocer por el INDEC y que considerará ARCA para la recategorización los niveles rondarían los siguientes montos:

Categoría A: hasta $7.813.530. Impuesto a pagar: $32.223.
Categoría B: hasta $11.447.730. Impuesto a pagar: $36.681.
Categoría C: hasta $16.051.050. Impuesto a pagar: $42.954.
Categoría D: hasta $19.927.530. Impuesto a pagar: $55.050
Categoría E: hasta $23.440.590. Impuesto a pagar por venta de bienes: $77.951. Por prestación de servicios: $70.440.
Categoría F: hasta $29.376.450. Impuesto a pagar por venta de bienes: $98.103. Por prestación de servicios: $84.535.
Categoría G: hasta $35.130.600. Impuesto a pagar por venta de bienes: $103.328. Por prestación de servicios: $149.845.
Categoría H: hasta $53.301.600. Impuesto a pagar por venta de bienes: $340.081. Por prestación de servicios: $206.827.
Categoría I: hasta $59.661.450. Impuesto a pagar por venta de bienes: $627.030. Por prestación de servicios: $309.038.
La categoría J: hasta $68.322.960. Impuesto a pagar por venta de bienes: $759.464. Por prestación de servicios: $377.873.
Categoría K: hasta $82.375.200. Impuesto a pagar por venta de bienes: $1.050.386. Por prestación de servicios: $456.800.