Tal como se viera en la nota anterior, nuestros constituyentes de 1853 y siguiendo el modelo de los EE.UU, adoptaron un sistema de elección presidencial indirecta en el cual si bien el pueblo intervenía lo hacía no votando por los candidatos sino por colegios electorales que eran quienes elegían al presidente y vicepresidente.
1° El sistema estudiado se mantuvo hasta que la reforma de 1949 para poder facilitar la reelección del presidente Juan D. Perón quien por el texto de 1853 no podía ser reelecto sin dejar transcurrir un periodo, introdujo, por vez primera, la elección directa la cual según la ley 14.032 reglamentaria del nuevo procedimiento, dispuso que resultarían electos quienes obtuvieren mayor número de votos, pero si dos o más candidatos hubieren alcanzado la misma cantidad, deberían realizarse nuevos comicios.
También la enmienda constitucional de 1972 previó un sistema directo, pero a diferencia del caso de 1949, para el supuesto en que los candidatos no lograran la mayoría requerida, organizó una segunda vuelta o ballotage. Según dicha reforma resultarían electos presidente y vicepresidente quienes obtuvieren la mayoría absoluta de los votos válidos emitidos. En caso contrario, la ley 19.862 reglamentaria, dispuso que dentro de los treinta días debía realizarse una segunda vuelta en la que participarían los dos partidos o alianzas más votados.
Si entre ambos alcanzaren dos tercios del total de votos, deberían concurrir a la segunda vuelta con sus mismas fórmulas; pero si no reunían ese porcentual, podían, o presentarse igualmente con sus propios candidatos; o formar entre ellos una alianza en cuyo caso la restante fórmula sería la del tercer partido que hubiere logrado el 15% de los votos en la primera vuelta, el que a su vez, podría concurrir con sus candidatos o también recomponer fórmula con un cuarto partido que igualmente hubiere alcanzado el 15% de votos.
Finalmente, podía darse el caso que una de las dos fórmulas mayoritarias concurriera sola y la restante se aliara a un tercer partido que también contara con el 15% de votos. En todos los supuestos de alianzas o recomposición de fórmulas, las listas intervinientes podían intercambiar sus respectivos candidatos, estando sólo prohibido que quien hubiera sido propuesto para vicepresidente en la primera vuelta, encabezara una fórmula común como presidente en la segunda.
En la elección de 1973 la fórmula Cámpora-Solano Lima no llegó a la mayoría exigida, si bien estuvo muy cerca de ella al lograr el 49,53% frente al 21,30% del binomio radical Balbín-Gamond, por lo que se imponía realizar el ballottage. Sin embargo y vistos esos resultados, el radicalismo desistió de presentarse en la segunda vuelta y ello motivó la proclamación de la restante fórmula.
En cambio, si debió recurrirse a este mecanismo para la elección del senador por la Capital, triunfando de la Rúa frente a Sánchez Sorondo, como igualmente ocurriera para gobernador en las provincias de Chaco y Santiago del Estero. Cabe destacar que luego de la renuncia de Cámpora-Solano Lima, tampoco fue menester utilizar este mecanismo, dado que la fórmula Perón-Perón superó holgadamente la mayoría con un 61,86%. Esta reforma quedó igualmente sin efecto con el golpe de 1976.
2° Finalmente, la reforma de 1994, consagró un sistema de elección directa con posibilidad de segunda vuelta, al disponer en el art. 94 que “El presidente y el vicepresidente de la Nación serán elegidos directamente por el pueblo, en doble vuelta, según lo establece esta Constitución. A este fin el territorio nacional conformará un distrito único”.
La elección debe realizarse dentro de los dos meses anteriores a la finalización del mandato del presidente que se encuentre en ejercicio, resultando proclamada la fórmula que obtenga más del 45% de los votos válidos emitidos (art.97). Si no hubiere logrado ese porcentual pero en cambio, superara el 40% y a la vez existiere una diferencia mayor a diez puntos con la segunda fórmula, igualmente será proclamada. Por el contrario, si alcanzando el 40% de los votos la diferencia con la segunda fórmula fuere inferior a diez puntos, o si no llegare al 40%, dentro de los treinta días, debe realizarse una segunda vuelta entre las dos fórmulas más votadas” (art. 96 y 98).
Debe tenerse presente que el instrumento electoral del ballotage fue introducido en 1852 en Francia por Napoleón III y a partir de entonces, en todos los países que lo adoptaron, se exige para su procedencia que ningún candidato alcance la mayoría absoluta, esto es, la mitad más uno de los votos, en cuyo caso la segunda vuelta tendrá lugar entre los dos candidatos más votados en la primera ronda.
Sin embargo, en el Pacto de Olivos -preámbulo de la enmienda de 1994- se logró imponer un ballotage a la Argentina, -sólo contemplado con variantes en 3 países sudamericanos- según el cual triunfa el binomio que obtenga -no ya más del 50%- sino sólo más del 45%; pero como si esto fuera poco, igualmente declara ganadora a la fórmula que alcance -no ya más del 45%- sino entre el 40 y el 45% y consiga igualmente 10 puntos de diferencia con el binomio que entre segundo. Recién si no se dieran ninguno de estos supuestos, debe realizarse el ballotage entre las dos fórmulas más votadas dentro de los 30 días de la elección que consagrara a las mismas. ¡Todo un logro del Pacto de Olivos!.
Siendo que tanto Menem (49,8%) en 1995, como de la Rúa (48,4%) en 1999, superaron el tope no fue menester recurrir al ballotage. Sin embargo en 2003 hubo esa posibilidad ya que la fórmula Menem-Romero sólo obtuvo el 24,5% de votos y en consecuencia debía competir con la que ocupara el segundo lugar, esto es, el binomio Kirchner-Scioli que alcanzó el 22,2%. No obstante, la fórmula triunfante desistió de la competencia permitiendo la asunción de la restante.
Ello por cuanto si bien la Constitución no contempla esa posibilidad ni la de muerte de los candidatos, el Código Electoral regula dichas hipótesis en los arts. 154 y 155, disponiendo que en caso de renuncia de los dos candidatos de cualquiera de las dos fórmulas más votadas se proclamará electa a la otra; en tanto que si la dimisión es del vicepresidente, no podrá cubrirse la vacante, pero si dicha renuncia fuere la del presidente, ocupará su lugar el vicepresidente. Por otra parte y en caso de muerte de los dos candidatos de cualquiera de las dos fórmulas más votadas se convocará a una nueva elección; mientras que si es uno el que muere el espacio político debe cubrir la vacante dentro de los 7 días. Finalmente el art. 151 del Código Electoral dispone que resultará electa la fórmula que obtenga el mayor número de votos válidos.
Como se advierte en nuestra historia electoral, en las dos primeras ocasiones en que hubo posibilidad de recurrir al ballotage las mismas se frustraron por el desistimiento a participar de una de las fórmulas: en 1973 de la que consiguiera el 2° lugar y 30 años después, de quien triunfara en la primera vuelta. Finalmente, fue posible recurrir a este mecanismo electoral para la renovación ejecutiva del año 2015, ya que ninguna de las fórmulas que participaran en la elección del 25 de octubre alcanzaron el techo exigido por la Constitución Nacional, por lo cual el 22 de noviembre compitieron los dos binomios más votados integrados por Daniel Scioli-Carlos Zannini y Mauricio Macri-Gabriela Michetti, triunfando estos últimos por un 51,4% frente al 48,6% de sus competidores y rompiendo así la hegemonía entre peronismo y radicalismo luego de largas décadas.
Rosendo Fraga analiza 42 elecciones en América Latina señalando que en 19 de ellas se triunfó en primera vuelta, en tanto que en las 23 restantes hubo segunda vuelta y de ellas, en 16 casos quien ganara la primera vuelta igualmente lo hiciera en el ballotage. Asimismo refiere que en 42 elecciones con segunda vuelta en el mismo ámbito territorial, entre 1979 y 2003, en 35 de ellas triunfó quien también ganara en la primera vuelta, produciéndose la reversión de los resultados sólo en las 7 restantes.
Por su parte Ignacio Labaqui en un análisis de 152 elecciones en Europa y América Latina, destaca que generalmente quien triunfara en primera vuelta repitiera el resultado en el ballotage, revirtiéndose los resultados sólo en un 26,7% de los casos. Agrega que si la ventaja en la primera vuelta es superior a los 10 puntos, sólo un 15,1% puede dar vuelta el resultado en la segunda vuelta; mientras que si dicha ventaja es inferior al 10%, en un 42% de los casos quienes resultaran segundos en la primera vuelta se alzan con el triunfo en la segunda; destacando que en América Latina ningún candidatos que perdiera por más de 10 puntos en la primera vuelta lograra revertir la situación en el ballotage.
En el caso argentino, y como se señalara, la diferencia entre Scioli y Macri en la primera vuelta fue de 2,53% cifra que se revirtió en el ballotage pasando a ser del 2,80% a favor de Macri, quien igualmente triunfó en ambos comicios en Córdoba; Santa Fe; Mendoza; Entre Ríos y Capital Federal y logró revertir a su favor los resultados de la primera vuelta en Jujuy; La Pampa y La Rioja.
Finalmente en los comicios de 2023, ninguna de las fórmulas presidenciales alcanzó el tope exigido por la Constitución ya que la integrada por Sergio Massa y Agustín Rossi obtuvo el 36,7% mientras que el binomio Javier Milei y Victoria Villarruel logró el 29,98% del total de votos válidos, por lo que fue menester recurrir al ballotage en el cual los resultados se invirtieron triunfando la fórmula Milei-Villarruel con 55,69% de votos, en tanto la integrada por Massa-Rossi alcanzó el 44,30%.
Dr. Carlos Baeza
Abogado Constitucionalista









