El Tribunal Criminal N°3 la halló culpable de homicidio simple con dolo eventual. Conducía drogada, a más de 120 km/h y cruzando semáforos en rojo cuando embistió a la víctima en avenida Colón y Drago.
La Justicia de Bahía Blanca condenó a 14 años de prisión a Ángela Leguizamo, al considerarla responsable del homicidio simple con dolo eventual de Sandra Romero, la motociclista que murió tras ser violentamente embestida en marzo de 2024 en la esquina de avenida Colón y Drago.
El Tribunal en lo Criminal N°3 entendió que Leguizamo —quien conducía una camioneta Nissan Frontier— actuó con pleno conocimiento del riesgo que generaba, al circular a más de 120 km/h, bajo los efectos de drogas (cocaína y anfetaminas) y cruzando varios semáforos en rojo, hasta impactar desde atrás a la víctima, que aguardaba la luz verde en su moto.
Cabe aclarar que Leguizamo hasta el momento del hecho figuraba como Ezequiel en su DNI pero luego inició el proceso de cambio de género.
Durante el juicio se acreditó que la acusada había atravesado gran parte de la avenida Colón a alta velocidad sin respetar las señales de tránsito. Las pericias toxicológicas y los testimonios de la Policía Científica y de los testigos presenciales resultaron determinantes para la condena.
“Pedimos una justicia ejemplar. Si el día de mañana sale, va a volver a consumir y manejar. Fue mi mamá, pero ese día podría haber sido una carnicería”, expresó entre lágrimas Natalia Pérez, una de las hijas de la víctima.
Su hermana Karina recordó que Sandra “había cambiado el horario de trabajo porque tenía miedo de los que salían de los boliches. Y paradójicamente le pasó esto”.
La acusación del fiscal Cristian Aguilar fue por homicidio simple con dolo eventual, una figura que contempla penas de 8 a 25 años de prisión, al equiparar la conducta con la de quien usa un vehículo como un arma letal.
“El dolo eventual implica que el acusado se representa el resultado fatal y, aun así, continúa con su accionar. En este caso, el exceso de velocidad, el consumo de drogas y la desobediencia reiterada a los semáforos lo demuestran”, explicaron fuentes judiciales.
Leguizamo, asistida por el defensor oficial Pablo Radivoy, escuchó la sentencia sin realizar declaraciones públicas.
El fallo —firmado por los jueces del Tribunal Criminal N°3— sienta un precedente importante en la jurisprudencia local, al reconocer la conducción temeraria bajo los efectos de estupefacientes como un acto de violencia dolosa y no un simple accidente de tránsito.
