Juan Pablo Fernández se refirió a la entrada en vigencia del nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil, que baja de 16 a 14 años la edad a partir de la cual determinados delitos pueden ser perseguidos. Advirtió que, para que el sistema funcione, será necesario contar con establecimientos y recursos adecuados para los casos que requieran la detención de menores.
Con la entrada en vigencia del nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil, los menores de entre 14 y 16 años podrán ser perseguidos penalmente por determinados delitos. Para el fiscal general de Bahía Blanca la modificación no implica un cambio en materia de imputabilidad, sino en el régimen de no punibilidad que regía hasta ahora.
“Muchas veces se confunde la inimputabilidad con la no punibilidad”, explicó Fernández. En ese sentido, remarcó que la inimputabilidad está vinculada con la capacidad psíquica de una persona para comprender el hecho cometido, mientras que la no punibilidad de los menores respondía a una decisión de política criminal que impedía perseguir determinados delitos por debajo de una edad establecida.
“Un menor de quince o dieciséis años comprende claramente que robar está mal, que matar está mal, que violar está mal. Entonces no es un problema de inimputabilidad, es decir, no es un problema de capacidad psíquica”, sostuvo.
La nueva legislación establece ahora el límite en los 14 años. De esta manera, los menores que se encuentren entre los 14 y los 18 años podrán quedar sometidos al régimen de responsabilidad penal juvenil, de acuerdo con el delito cometido y las circunstancias del caso.
Sin embargo, Fernández aclaró que esto no significa que la respuesta del Estado vaya a ser necesariamente la prisión. La normativa contempla medidas alternativas, entre ellas amonestaciones, prohibiciones de contacto con las víctimas, restricciones para conducir vehículos o concurrir a determinados lugares y espectáculos, además de otras medidas. “No todo se responde con una pena privativa de la libertad. Esto es importante”, enfatizó el fiscal general.
Para Fernández, uno de los principales cambios consiste en que frente a determinados delitos cometidos por menores ya no exista una ausencia total de respuesta estatal. “Lo que no podía ser, que era lo que venía ocurriendo, es que no importara qué delito cometieran: la respuesta era nada”, afirmó.
El funcionario consideró además que las medidas alternativas a la prisión pueden resultar incluso más efectivas para determinados casos. “Muchas veces cumplen una mejor función de educación, de reinserción del menor”, señaló.
El déficit de recursos
Uno de los principales interrogantes a partir de la implementación del nuevo régimen está relacionado con la capacidad del Estado para brindar las herramientas necesarias para su aplicación, particularmente cuando se trate de delitos graves que puedan requerir la detención de un menor.
Fernández reconoció que allí existe una dificultad concreta en Bahía Blanca. “En nuestro departamento judicial estamos con un serio déficit, como en otras áreas también”, advirtió.
Según explicó, si bien los casos que requieren la detención de menores son excepcionales, existen situaciones de extrema gravedad —como homicidios o lesiones gravísimas— en las que puede ser necesaria una medida de ese tipo. “El número no es muy grande, pero están”, señaló.
Frente a esos casos, sostuvo que será necesario contar con establecimientos adecuados y seguros para alojar a los menores. También remarcó la importancia de disponer de los recursos necesarios para implementar las medidas alternativas a la prisión y realizar los controles correspondientes.
“Tendrá que proveerse a estos recursos para que el sistema que contempla la ley pueda funcionar como la ley entiende que debe funcionar”, planteó.
“Respetuoso de todas las garantías”
Fernández también destacó que el nuevo régimen debe aplicarse respetando las garantías constitucionales de los menores. En ese sentido, cuestionó aspectos del sistema anterior que, según explicó, podían permitir que un menor fuera dispuesto por un juez sin contar con las mismas posibilidades de defensa frente a una imputación.
“Muchas veces al menor se lo disponía de una forma determinada y ni siquiera se le daba la posibilidad de defenderse”, afirmó.
Para el fiscal general, el nuevo esquema debe combinar la posibilidad de investigar y sancionar los delitos con herramientas destinadas a la educación, la reinserción y la convivencia social.
La modificación, al tratarse de una norma nacional vinculada con la política criminal, comenzó a aplicarse en las distintas jurisdicciones del país. En la provincia de Buenos Aires, el sistema será canalizado a través del fuero de responsabilidad penal juvenil, que ya funciona desde hace varios años.
“Desde el día sábado se comienzan a juzgar los hechos cometidos por los menores de catorce a los dieciocho años”, confirmó Fernández.








