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La Ignorancia de “La Casta” por Carlos Baeza

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“La ignorancia es un rocín que hace tropezar a cada paso a quien lo monta, y pone en ridículo a quien le conduce” (Cervantes)

Como es público y notorio, el arribo del presidente Javier Milei a la presidencia de la Nación no surgió de la existencia de un partido consolidado ya que su primera intervención política data de 2021 cuando junto a Victoria Villarruel fueran electos como diputados nacionales por la CABA hasta 2023.

Antes de ello, Milei era un personaje de la farándula televisiva descubierto por Alejandro Fantino y trasplantado luego a todos los programas políticos -y no tanto- y de espectáculos donde su verba desmesurada y violenta atraía a la audiencia; no sin olvidar que igualmente actuó en la obra de teatro “El consultorio de Milei” donde blandiendo una maza destruía a golpes una maqueta del Banco Central. Y si bien su triunfo inicialmente parecía complicado, luego gracias a la mayoría de la opinión pública que no quería la vuelta del kirchnerismo así como con el apoyo incondicional y explícito de Cambiemos llegó a detentar el Poder Ejecutivo.

Lógicamente que esa ausencia de apoyos partidarios le significó carecer de mayorías en ambas cámaras del Congreso así como de gobernadores o intendentes en todo el territorio. Y si bien siempre se ufanó de denostar a “la casta” no advirtió que los pocos capaces a los que convenció de acompañarlo pronto fueron descartados, tal como lo revelan los estudios de su gestión que demuestran que durante los primeros dos años de gobierno se desprendió -más o menos “elegantemente”- de más de 180 funcionarios de primera línea (ministros y secretarios) y de otros integrantes de los siguientes estratos de la administración pública.

1° Tal orfandad de funcionarios con trayectoria y expertise provocó la aparición de personajes que pasaron a conformar “la casta” oficialista, quienes tildan de “casta” solamente a los que siguieron firmes en sus convicciones políticas pero pretendiendo que los electores crean ingenuamente que ellos no integran ya esa “casta”. ¿O Guillermo Francos y Daniel Scioli no lo son? De tal forma ingresaron a la función pública sujetos de diverso pelaje que nunca intervinieron en política. Así el llamado “Triángulo de hierro” está integrado, además de Milei, por su hermana Karina y por Santiago Caputo.

La primera -según su público CV- tuvo como actividades la fabricación de tortas; un comercio de reparación de neumáticos así como la lectura de tarot; en tanto el segundo si bien inició 2 carreras universitarias no concluyó ninguna y solo se menciona en su CV que fue empleado en la consultoría de Durán Barba. Otro funcionario de ese lote es Manuel Adorni de quien se conoce su actividad como periodista en distintos medios lo que le permitió en 2023 obtener el Martín Fierro en la categoría “Mejor twittero” habiendo sido igualmente panelista de Baby Etchecopar, hasta que Milei lo designara como vocero presidencial y hoy, además, Jefe de Gabinete.

Y un caso emblemático de esta ausencia de toda expertise política es el de Liliana Adela Bolukalo Lemoine, conocida públicamente por su “nom de guerre”, Lilia Lemoine, y que en su también huérfano CV, en el que no figura el rubro “estudios”, destaca sus actividades laborales como “maquilladora, cosplayer e influenciar” y cuyo ingreso a la vida política fue en 2019 cuando en la lista de José Luis Espert se postuló como candidata a diputada nacional por la CABA, obteniendo el 1,81% de los votos.

Sus actividades declaradas de por sí no la descalifican de ninguna manera, pero no ocurre lo mismo con sus acciones y opiniones que permiten dudar de su capacidad intelectual. Así, uno de sus mayores hits en YouTube, fue cuando en plena pandemia se manifestó en contra de la vacunación preguntándose “¿Es tan difícil agarrar a un enfermo de coronavirus, hacerlo toser arriba de una mesa y que después vaya otra persona -por supuesto sin factor de riesgo- a chupar la mesa y ver si se contagia o no se contagia” (22 de mayo de 2020), Siempre dando cátedra científica, también se preguntó “¿Por qué los gobiernos del mundo quieren ocultarle a la humanidad que la tierra es plana y hay una gran pared de hielo que la circunda?” y afirmó que ello era por 2 motivos: primero, por la “angustia insoportable que tendrían las personas” pero además “qué pasaría si la ciencia tuviera que dar el brazo a torcer y decir que se equivocó en algo tan fundamental como la forma de la tierra” (9 de septiembre de 2023)

Finalmente, y sin agotar su invalorable contribución a la ciencia, igualmente cuestionó la veracidad de las expediciones de la NASA , al decir: “Lo de la Luna sigue sintiéndose tan turbio…los mismos de la NASA te hacen dudar cuando te dicen ‘perdimos la tecnología para volver’” Por tan valiosos aportes fue que sus compañeros en mayo de 2024 la designaran como 1ª. secretaria de la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados de la Nación. Sin comentarios.

2° Pero hay otro grupo dentro de “la casta” oficialista que merced a la “garrocha” a diario demuestra su supina ignorancia en torno al texto constitucional y al funcionamiento de las instituciones de la República. Tal el caso de los dichos del Gran Portador de la Motosierra. Federico Sturzenegger, economista de profesión y sin que se conozcan sus lauros en torno a cuestiones como la organización y funcionamiento del Poder Judicial.

Este funcionario sostuvo que “el sistema judicial es el último refugio de la casta”, por lo cual “Vamos a avanzar siguiendo los métodos de la Revolución Francesa” aunque sin formular precisiones al respecto. Agregó, refiriéndose a las medidas cautelares, que “La justicia te puede parar cualquier cosa” por lo cual “si tenemos en el Congreso mayor representación parlamentaria, vamos a hacer cosas por ley para restringir a los jueces. Espero que la justicia haga un click”. Estas poco felices expresiones revelan una ignorancia supina en torno al sistema republicano, la división de poderes y la independencia del Poder Judicial.

3° Ahora se suma a este grupo de la “casta oficialista” otro personaje de larga trayectoria en el peronismo y en Montoneros, hoy reconvertida en ferviente libertaria y fulgurante estrella de LLA en su calidad de presidente del bloque de ese espacio en la Cámara de Senadores.

Así, Patricia Bullrrich, al ser consultada sobre la posibilidad que la polémica ley de reforma laboral pueda ser sometida a consideración de la justicia, sostuvo que “La Justicia no puede interponerse sobre la voluntad de los legisladores”. Al igual que en el caso anterior, la citada legisladora incurre una vez más en desafortunadas opiniones que desnudan su falta de conocimiento en torno al sistema constitucional que nos rige.

En efecto: el art. 31 de la Constitución Nacional consagra el principio de supremacía constitucional según el cual por encima de ella no existe ninguna otra norma y por ende, todas las que se encuentran por debajo deben adecuarse a la misma. Y que si ello no es así, toda vez que una ley del Congreso o un decreto del Poder Ejecutivo violen esa supremacía, corresponde al Poder Judicial declarar la inconstitucionalidad de tales normas.

Es decir, que frente a un conflicto normativo cabe a cualquier juez ejercer el denominado control de constitucionalidad a fin de restablecer el señalado principio, lo cual reconoce su origen en los EE.UU en 1803 a través del voto del juez de la Corte Suprema de ese país, John Marshall, en el célebre caso “Marbury c. Madison”. Allí se dijo que “Hay sólo dos alternativas demasiado claras para ser discutidas: o la Constitución controla cualquier ley contraria a aquélla, o la Legislatura puede alterar la Constitución mediante una ley ordinaria. Entre tales alternativas no hay términos medios: o la Constitución es la ley suprema, inalterable por medios ordinarios; o se encuentra al mismo nivel que las leyes y de tal modo, como cualquiera de ellas, puede reformarse o dejarse sin efecto siempre que al Congreso le plazca”.

Por tanto, “cuando una ley está en conflicto con la Constitución y ambas son aplicables a un caso…la Corte debe determinar cuál de las normas en conflicto gobierna el caso. Esto constituye la esencia misma del deber de administrar justicia. Luego, si los tribunales deben tener en cuenta la Constitución y ella es superior a cualquier ley ordinaria, es la Constitución y no la ley la que debe regir el caso al cual ambas normas se refieren”. En nuestro país, este principio fue igualmente adoptado por la Corte Suprema de Justicia nacional en 1887 a partir del caso “Sojo”.

Ello no significa que el Poder Judicial, cuando ejerciendo el control de constitucionalidad que la Ley Fundamental le confiere, declara inconstitucional una ley del Congreso o un decreto del Poder Ejecutivo asuma un rol superior al de dichos dos poderes, sino que como afirma Hamilton cabe considerar “que los tribunales habían sido concebidos como un cuerpo intermedio entre el pueblo y la legislatura, con la finalidad -entre otras- de mantener a ésta dentro de los límites asignados, dado que la interpretación de las leyes es propia de los órganos jurisdiccionales.

A los jueces incumbe, entonces, determinar el significado tanto de la Constitución como de cualquier norma emanada del Legislativo”. Y agrega que “Esta conclusión no supone de ningún modo la superioridad del poder judicial sobre el legislativo. Sólo significa que el poder del pueblo es superior a ambos y que donde la voluntad de la legislatura, declarada en sus leyes, se halla en oposición con la del pueblo, declarada en la Constitución, los jueces deberán gobernarse por la última de preferencia a las primeras”.

4° Tanto Sturzenegger como Bullrrich en su supina ignorancia desconocen que “La Corte Suprema de Justicia es el Tribunal en último resorte para todos los asuntos contenciosos en que se le ha dado jurisdicción como perteneciente al Poder Judicial. Sus decisiones son finales. Ningún tribunal las puede revocar. Representa en la esfera de sus atribuciones, la soberanía nacional y es tan independiente en su ejercicio como el Congreso en su potestad de legislar, y como el Poder Ejecutivo en el desempeño de sus funciones. De sus fallos no hay recurso alguno (Fallos 12: 149).

En los EE.UU el presidente norteamericano George Washington al poner en posesión de su cargo a John Jay, primer presidente de la Corte Suprema de Justicia de ese país, decía: “Me da especial placer dirigirme a Vos como la cabeza de ese gran departamento, que debe ser considerado la llave de nuestro edificio político”.

En la Argentina de la anomia, por el contrario, un funcionario anuncia que siguiendo los postulados de la Revolución Francesa van “a hacer cosas por ley para restringir a los jueces” porque “el sistema judicial es el último refugio de la casta”. Se desconoce qué “cosas” piensan hacer y cómo actuarán para “restringir a los jueces” violando la separación e independencia del Poder Judicial; en tanto otra niega al Poder Judicial oponerse a la voluntad de los legisladores expresada en una ley, todo lo cual augura una fuerte embestida contra ese poder como ya lo hiciera el pero-kirchnerismo.

En su desconocimiento no alcanzan a comprender el rol, no de una “casta”, sino de uno de los 3 poderes del Estado y que como viéramos, tiene delegada por la Constitución Nacional nada menos que el poder de dejar sin efecto una ley del Poder Legislativo o un decreto del Poder Ejecutivo, ya que si de “castas” se habla esos son sus refugios preferidos donde diariamente nos muestran sus escándalos y “patéticas miserabilidades”.

Carlos Baeza