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La Junta Electoral bonaerense busca adelantar la presentación de candidatos y cambiar los plazos de difusión de encuestas

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El organismo propuso modificar de forma permanente el calendario electoral de la Provincia de Buenos Aires tras los problemas que generó el desdoblamiento de las elecciones de 2025.

La Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires presentó un anteproyecto de ley para modificar los plazos del cronograma electoral bonaerense. La iniciativa busca ordenar el proceso y evitar las dificultades operativas que surgieron durante las elecciones desdobladas de 2025.

El proyecto propone ampliar los tiempos para presentar alianzas, listas de candidatos y boletas partidarias. Además, incorpora nuevas reglas para las campañas electorales, la difusión de encuestas y los actos de gobierno previos a los comicios.

Cambios en la presentación de candidatos

Uno de los puntos centrales de la reforma apunta a adelantar los plazos para oficializar candidaturas.

Actualmente, las listas deben presentarse 50 días antes de la elección. El nuevo esquema eleva ese plazo a 60 días tanto para las PASO como para las elecciones generales.

También cambiaría el tiempo para inscribir alianzas transitorias. Hoy deben registrarse 60 días antes de las primarias. Con la reforma, ese límite pasaría a 80 días.

Desde la Junta Electoral explicaron que el objetivo es contar con más tiempo para revisar documentación, resolver observaciones y evitar errores administrativos que puedan afectar a partidos o candidatos.

Más tiempo para presentar boletas

La propuesta también modifica los plazos vinculados a las boletas partidarias.

El anteproyecto establece que los modelos deberán presentarse 45 días antes de la elección. En la actualidad, ese trámite se realiza 30 días antes de los comicios.

Luego de la oficialización, los apoderados tendrán cinco días para entregar los ejemplares correspondientes a cada mesa habilitada.

Además, el padrón electoral se confeccionará con los ciudadanos inscriptos hasta 90 días antes de la votación. La normativa actual toma como referencia la fecha de convocatoria electoral.

El antecedente de las elecciones de 2025

La Junta Electoral recordó que ya había advertido sobre los problemas que podía provocar el desdoblamiento electoral en la provincia.

Según explicó el organismo presidido por la jueza Hilda Kogan, el proceso de 2025 obligó a modificar de manera excepcional los plazos previstos en la Ley 5.109.

Esa situación derivó en la sanción de la Ley 15.523, que amplió por única vez los tiempos para presentar listas y boletas partidarias.

Para la Junta, la experiencia confirmó que los plazos históricos resultan insuficientes frente al volumen de expedientes y controles técnicos que demanda una elección desdoblada.

Nuevas reglas para campañas y encuestas

El anteproyecto incorpora por primera vez reglas específicas sobre campaña electoral y difusión de encuestas.

La campaña formal comenzará 60 días antes de la elección. En tanto, la publicidad en televisión, radio y medios gráficos sólo podrá difundirse durante los 15 días previos a la votación.

Otro de los cambios importantes afecta a las encuestas electorales. Según la propuesta, sólo podrán publicarse hasta ocho días antes de los comicios.

La iniciativa también fija que la veda electoral comenzará 48 horas antes de la apertura de las urnas.

Restricciones para actos de gobierno

La reforma incorpora además límites para los actos oficiales durante el período electoral.

El texto prohíbe realizar actos de gobierno que puedan inducir al voto durante los 15 días previos a la elección.

Desde la Junta Electoral señalaron que la intención es fortalecer la seguridad jurídica y garantizar un proceso más transparente para las fuerzas políticas y el electorado.

Los principales cambios que propone la reforma

Entre las modificaciones más importantes aparecen:

Presentación de alianzas: de 60 a 80 días antes de las PASO.
Presentación de listas: de 50 a 60 días antes de la elección.
Presentación de boletas: de 30 a 45 días antes.
Cierre del padrón electoral: 90 días antes de los comicios.
Designación de autoridades de mesa: 30 días antes.
Inicio de campaña: 60 días antes de la votación.
Difusión de encuestas: permitida hasta ocho días antes.
Veda electoral: comenzará 48 horas antes de la elección.