El profesional bahiense puso de manifiesto su opinión respecto a las modificaciones planteadas a la mencionada Ley. “Hay muchas experiencias locales de que es posible trabajar en salud mental con una perspectiva comunitaria”, y puso de ejemplo lo ocurrido con posterioridad a la tragedia del 16 de diciembre pasado en nuestra ciudad.
Con respecto al proyecto de Ley “Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos” que propone la modificación ocho de cuarenta artículos de la ley de salud mental 26657, seguramente no es de los puntos más conflictivos de todo el proyecto, entiendo que corresponde hacer algunas reflexiones a la propuesta referida a salud mental y anticipo que en mi comprensión dicha reforma no es ni tan necesaria, ni urgente.
Las dificultades y conflictos con la ley 26657, no son originados por la norma, sino por las inconsistencias de una política en salud que incluya de forma integral e integrada la respuesta a los problemas de salud mental, es necesario descentralizar la toma de decisiones en políticas sanitarias, mejorar el presupuesto en salud mental, profundizar las estrategias en abordaje territorial y comunitario como proyectos de salud locales, y trabajar en la formación e investigación interdisciplinaria de los profesionales y técnicos en salud mental con esta perspectiva.
Si bien en los últimos años se avanzó en la consideración de la salud mental en la comunidad y en las instituciones, podríamos señalar algunas cuestiones pendientes que favorecen la crítica, por un lado, en esta ley se aplicó un “gradualismo” de hecho, por la falta de inversión y por otro exceso declarativo con tintes electorales, que no se tradujeron en la realidad de las instituciones públicas.
Los hospitales generales no han alcanzado elnivel de reforma básico para dar una respuesta, y los equipos de salud mental de base comunitaria no cuentan aún con los recursos necesarios, es evidente que la inversión en cuidados de la salud mental ha sido insuficiente y desarticulada, todavía estamos en un momento de transición que se ha prolongado demasiado tiempo. Si no se construyen redes, las transiciones se convierten en saltos al vacío.
La ley 26.657 reconoce a la salud mental como “un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.”
Esta formulación que es una declaración de principios define las reglas del juego, y contribuye a soportar una discusión que ha sido histórica en nuestro país. Marca un territorio conceptual para las intervenciones e implica el cuestionamiento inexorable de prácticas que hoy insisten en
mantener sus privilegios, y que en las circunstancias actuales encuentran un espacio para representar intereses corporativos.
Las personas no son “cosas” por ello es necesario sostener, en la práctica del trabajo en salud mental, un enfoque centrado en los derechos de los usuarios, el derecho a la salud de los ciudadanos, y en el ejercicio los derechos y obligaciones establecidos por la constitución argentina y en los tratados internacionales vigentes. También como comunidad deberíamos rever las creencias que nos condicionan.
Generalmente, se asocia la salud mental a las crónicas policiales, por esto, cuando hablamos de salud mental comunitaria, resulta imprescindible salir de la “lógica del peligro” en la que se considera que una persona con padecimientos mentales es más peligrosa que cualquier otro.
En nombre de la peligrosidad se arrasó la vida de muchos, en nuestro país está lógica encontró un aliado incondicional en la “cultura del terror”.
La crisis social y económica que veníamos y venimos atravesando provoca una frustración de las expectativas de vida que aumenta la intemperancia. Aún aquellos grupos de personas que no presentan un padecimiento mental frente a la incertidumbre y la angustia tienden a reaccionar de forma irreflexiva y destructiva.
Hemos aprendido que cuando hay necesidades básicas insatisfechas también se afecta la salud mental, sabemos que es más difícil aprender con hambre y frío, cuanto más acuciados por la supervivencia estemos, mayor es la tendencia a “reaccionar” que a “reflexionar”.
La realidad se transforma en la construcción de proyectos colectivos a los cuales la Ley 26657 de Derecho a la Protección de la Salud Mental, da un marco y constituye una oportunidad, si podemos como sociedad ejercerla, y para esa construcción tenemos ideas que orientan nuestras prácticas y que pensamos hacen a la definición de las alternativas a las opciones instituidas en el campo de la salud mental.
Desde el departamento de salud mental de la municipalidad de Bahía Blanca encontramos un ejemplo local en los continuados esfuerzos de los equipos provinciales, municipales de salud, en la participación del departamento de ciencias de la salud de la Universidad del Sur, de la Universidad Salesiana y con estudiantes y voluntarios de la comunidad que trabajaron en red para acompañar a los vecinos en la reciente catástrofe ocasionada por el temporal. Hay muchas experiencias locales de que es posible trabajar en salud mental con una perspectiva comunitaria.
La ley de salud mental 26657 es una ley de avanzada. Para que tenga “vigencia” se necesita sumar actores, generar conocimiento, organización y colaboración entre quienes están interesados en el cambio, y acompañar a quienes han perdido transitoriamente la posibilidad de conectarse de una forma creativa con la realidad social, y se asientan en el lamento desesperanzado, la reivindicación vacía o la expectativa de retornar un pasado idealizado.
Y como nos dice el poeta:
“caminante, no hay camino,
se hace camino al andar.
Al andar se hace camino,
y al volver la vista atrás
se ve la senda que nunca
se ha de volver a pisar.”
Hugo D Kern (#)
(#) Licenciado en psicología. Magíster en salud colectiva Profesor en el DCS de la Universidad
Nacional del Sur
Jefe del departamento de salud mental y adicciones de la Secretaría de salud Municipalidad de Bahía