mar. 3 de diciembre de 2024
Bahía Blanca:
El tiempo - Tutiempo.net
Lectura de Domingo:

“Elecciones municipales bahienses en la década de 1960” por Carlos Baeza

Facebook
X
LinkedIn
WhatsApp
Email

El régimen electoral a través del cual se expresa el sufragio constituye uno de los pilares de un sistema democrático y se traduce en un acuerdo entre los detentadores del poder y los destinatarios del mismo, tendiente a establecer de qué forma obtienen su ejercicio los primeros; cómo lo llevaran a cabo en la práctica y qué medios se instrumentaran para limitar y controlar aquel ejercicio, salvaguardando el ámbito de las libertades y garantías individuales de los habitantes.

Tratándose el nuestro de un régimen republicano la soberanía reposa en el pueblo quien mediante el sufragio delega su ejercicio en los gobernantes que elige por periodos determinados (arts. 1, 22 y 33 C.N). En definitiva: los regímenes electorales no son más que mecanismos a través de los cuales es posible traducir votos en bancas, o dicho de otra forma, la manera de determinar, conforme el sistema aplicable, cuántos cargos corresponden a cada partido según los votos obtenidos en una elección.

Sin embargo, y si bien no existen a priori sistemas electorales buenos o malos, es dable analizar aquellos que traducen una mayor transparencia y representatividad a la hora de emitir el sufragio, y descartar todos aquellos que no cumplen tales parámetros republicanos, tal como acontece, por ejemplo, con la denominada ley de lemas vigente en algunas provincias y acerca de la cual ya hemos emitido nuestra opinión en otras ocasiones. Y entre estas formas extrañas a un sistema auténticamente democrático merece recordarse -aunque más no sea- como una nota de color el régimen municipal de elecciones en nuestra ciudad vigente en la década de 1960.

1° En ese entonces, los intendentes municipales no eran electos en forma directa sino que su designación correspondía al Concejo Deliberante quien nominaba entre sus miembros al nuevo funcionario. Asimismo, no debe olvidarse que pocos años antes, la Unión Cívica Radical se había fraccionado en dos partidos: la Unión Cívica Radical del Pueblo (UCRP) bajo la conducción de Ricardo Balbín y la Unión Cívica Radical Intransigente (UCRI) que respondía a Arturo Frondizi, señalando que las cúpulas partidarias de ambas fracciones habían convenido que en cada distrito votarían por el candidato del partido que hubiera triunfado en las elecciones. Finalmente, la normativa entonces vigente establecía que para ser electo intendente el candidato debería reunir la mitad más uno de los votos y que si ello no se lograba se reiteraría la votación limitándola a los dos más votados en la primera; en tanto que de existir empate el intendente se elegiría por sorteo.

En las elecciones del 7 de julio de 1963 en Bahía Blanca, triunfó la UCRP quien obtuvo 6 concejales (Baeza; Margo; Viglizzo; Giorlandini; Stacco y Sclavi); Unión Vecinal 4 (Juan José Martín; del Punta; Crivaro y Giorgetti); el Partido Socialista Argentino 4 (Fichter; Casto Martín; Celani y Cittá); la UCRI 3 (del Río; Marticorena y Pérez) y UDELPA 3 (Muradás; Cabré y Montero). El 8 de agosto de ese año se reunió el Concejo Deliberante para elegir entre sus 20 miembros al futuro intendente y la primera votación arrojó estos resultados: Baeza 6 votos; Juan José Martín 3; Fichter 3; Muradás 2; del Río 2; en tanto que Pérez, del Punta; Cabré y Cittá obtuvieron 1 voto cada uno. Se señala que salvo la UCRP que votó por unanimidad a Baeza, los restantes bloque votaron a quienes encabezaban la lista, esto es, Juan José Martín; Fichter; del Río y Muradás, los cuales no votaron por sí mismos sino que dieron su voto a integrantes de sus listas, a saber: del Punta; Cittá; Pérez y Cabré, respectivamente.

2° Dado que ningún candidato había obtenido la mayoría requerida (11 votos) fue menester realizar una segunda elección la cual se demoró más de una hora, lapso en el cual se sucedieron intensas reuniones en los bloques de la UCRP y de la UCRI. ¿Qué había pasado? Y aquí radica la cuestión que planteábamos al inicio, esto es, que conforme a lo acordado por ambas cúpulas partidarias, la UCRI se había comprometido a votar en la segunda elección por Baeza al ser el candidato del partido ganador en Bahía Blanca; en tanto que la UCRP asumió igual compromiso en Punta Alta para votar a Mario Curzi de la UCRI por ser el concejal del partido triunfante en esa ciudad. Sin embargo, mientras en nuestra ciudad se procedía a realizar la primera elección, en Punta Alta la cuestión no era tan sencilla. De acuerdo a los resultados de los comicios locales la UCRI había logrado 7 concejales, la UCRP 6; el Partido Socialista Argentino 2 y la Unión Conservadora 1 concejal. Pero al producirse la votación en el seno del Concejo Deliberante, mientras los concejales de la UCRI votaron en bloque a su primer candidato Mario Curzi (7 votos), los de la UCRP, desobedeciendo lo acordado a nivel partidario, no votaron a Curzi sino a su propio candidato Cardillo (6 votos); en tanto que los concejales del PSA se abstuvieron y el de la Unión Conservadora dio su voto a Cardillo, produciéndose así un empate en 7 votos. Siendo así se debió recurrir a un sorteo en el cual Curzi sacó la bolilla n° 7 y Cardillo…¡la n° 4! De tal forma y por obra exclusiva del azar Curzi se convirtió en el intendente de Punta Alta.

3° Recién cuando este resultado se conoció en Bahía Blanca, la UCRI decidió sentarse en sus bancas, ocasión en la cual el concejal del Río -aludiendo al caso puntaltense aunque sin mencionarlo- sostuvo que “si en otros lugares no hubo entendimiento…de acuerdo con los principios de la votación primaria que sustento…” anticipando su apoyo a Baeza, tras lo cual se procedió a la segunda votación, que arrojó estos resultados: Baeza 10 votos (los 6 propios; los 3 de la UCRI y el de Juan José Martín de la Unión Vecinal); Juan José Martín 3 votos al igual que Fichter ambos votados por los restantes integrantes de sus respectivos bloques; Muradás 2 votos de sus compañeros de lista, en tanto Cittá obtuvo el voto de Fichter y Cabré el de Muradás. Es decir, que tampoco en esta instancia se había logrado la mayoría requerida, por lo cual Fichter adujo que “el bloque socialista que desea que Bahía Blanca tenga un intendente que entre por la puerta ancha y no por la ventana y se cuele por la claraboya, va a otorgar sus sufragios al distinguido vecino, doctor Federico Baeza”, ocasión en la cual tanto Fichter como Juan José Martín declinaron sus candidaturas y en consecuencia, y habiendo votado Baeza por el concejal Viglizzo, la tercera y definitiva elección consagró al nombrado como nuevo intendente bahiense por 19 votos.

4° En la actualidad, nuestros sistemas electorales siguen siendo deficientes, tal como ocurre en nuestra provincia con el régimen de la ley de cuociente vigente desde la década de 1940 y que no obstante las promesas de varios legisladores de este distrito al suscripto en el sentido que cuando llegaran a la Legislatura bonaerense promoverían su derogación, ello nunca sucedió. Fácil es advertir tanto las consecuencias negativas de un sistema de elección indirecta como la que regía esos comicios como igualmente la de solucionar el resultado a través del mero azar; y así, cabe preguntarse si la bolilla de Punta Alta hubiera favorecido a Cardillo y no a Curzi, cuál habría sido el resultado en Bahía Blanca, aunque al estar a la forma en que votaran los restantes bloques, quizá un sufragio contrario por parte de los 3 concejales de la UCRI no hubiera variado el resultado final. En fin: historias políticas de hace más de 50 años, contadas al suscripto por quien fuera uno de los protagonistas de las mismas, el intendente Federico Baeza (h), mi padre.

Comentarios

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

300x250 profertil