El pasado 8 de mayo, poco después del mediodía, la chimenea de la Capilla Sixtina del Vaticano emitió el humo blanco dando cuenta que un nuevo Pontífice había sido electo. Tras una jornada de deliberaciones y luego de 4 votaciones, los 133 cardenales reunidos en el Cónclave celebrado en ese ámbito proclamaron por mayoría al cardenal estadounidense y nacionalizado peruano Robert Prevost como el nuevo sucesor de Pedro quien adoptara el nombre de León XIV y cubriendo la sede vacante dejada tras el fallecimiento del Papa Francisco, convirtiéndose en el 267° Pontífice de la Iglesia Católica Apostólica Romana.
El nombre adoptado por el nuevo Papa es una señal de los lineamientos que seguirá su pontificado pues como él mismo lo sostuviera, tuvo presente a su antecesor León XIII quien a través de la Encíclica Rerum Novarum sentó las bases de lo que luego sería la Doctrina Social de la Iglesia en defensa de los trabajadores y de la justicia social. Al respecto señaló que “Precisamente, al sentirme llamado a proseguir este camino, pensé tomar el nombre de León XIV”, agregando que “Hay varias razones, pero la principal es porque el Papa León XIII, con la histórica Encíclica Rerum Novarum, afrontó la cuestión social en el contexto de la primera gran revolución industrial y hoy la Iglesia ofrece a todos su patrimonio de doctrina social para responder a otra revolución industrial y a los desarrollos de la inteligencia artificial, que comportan nuevos desafíos en la defensa de la dignidad humana, de la justicia y el trabajo” Y como perteneciente a la orden de Agustinos Recoletos inspirados en la vida de San Agustín (354-430) adoptó como lema la expresión “In Illo uno unum” que el mismo pronunciara para explicar que “aunque los cristianos seamos muchos, en el único Cristo somos uno”.
De tal manera, las propias iniciales expresiones de León XIV revelan la continuidad en la promoción de la Doctrina Social de la Iglesia con anclaje fundamental en la Encíclica “Rerum Novarum” promulgada por León XIII (15 de mayo de 1891) a la que seguirían, “Quadragésimo Anno” de Pío XI (1931); Mater et magistra de Juan XXIII (1961); y Laborem exercens de Juan Pablo II (1981), entre otras. Como lo explican los propios textos de la Doctrina Social, desde el bíblico “Con el sudor de tu frente comerás el pan”, hasta el criollo “debe trabajar el hombre para ganarse su pan”, los cristianos tenemos un conocimiento siquiera aproximado de las Escrituras respecto a esta temática, que se inserta en el concepto de la dignidad de la creatura humana. Pero, en cambio, difícilmente conozcamos la opinión de la Iglesia sobre este y otros aspectos de vigente actualidad, quizá pensando que no es su función la de inmiscuirse en asuntos seculares. Sin embargo ello no es así toda vez que es la propia Iglesia quien, a través de su doctrina social, nos invita a participar en la divulgación de sus enseñanzas. Por eso, Juan Pablo II nos exhorta a “confiar responsablemente en esta doctrina social, aunque algunos traten de sembrar dudas y desconfianzas sobre ella; estudiarla con seriedad; enseñarla; procurar aplicarla; ser fiel a ella, es en un hijo de la Iglesia, garantía de la autenticidad de su compromiso en las delicadas y exigentes tareas sociales y de sus esfuerzos a favor de la liberación o de la promoción de sus hermanos”.
De esta manera la Doctrina Social de la Iglesia es un conjunto sistemático de verdades, valores y normas, que el Magisterio vivo de la Iglesia, fundándose en el derecho natural y en la Revelación, aplica a los problemas sociales de cada época, a fin de ayudar -según la manera propia de la Iglesia- a los pueblos y gobernantes, a construir una sociedad más humana, más conforme a los planes de Dios sobre el mundo. De ello se desprende, ante todo, que el autor de esta doctrina, es únicamente el Magisterio vivo de la Iglesia, es decir, aquellos a quienes Cristo mismo dejó como maestros de su Iglesia, cuando apareciéndose en Galilea les dijo: “Se me ha dado todo poder en el cielo y en la tierra. Id, pues, y haced discípulos míos a todos los pueblos, bautizándolos en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo y enseñándoles a guardar todo cuando yo os he enseñado”. Este Magisterio vivo de la Iglesia puede manifestarse en dos formas y por ende, con distintos alcances. En primer lugar, encontramos el Magisterio solemne, que surge: o de la palabra del Papa hablando con fuerza dogmática, o de la reunión del Sumo Pontífice con los Obispos unidos en Concilio Ecuménico. En estos dos casos, se trata de la infalibilidad de la Iglesia, cuando están en juego temas de fe y moral. En segundo término, existe el Magisterio ordinario que puede darse: en los demás casos en los que el Papa usa de la palabra; o en el de los Obispos de una Nación respecto a un tema puntual; o en el de un Obispo en su sede. En estos tres supuestos no está en juego la infalibilidad de la Iglesia, existiendo no obstante una asistencia especial del Espíritu Santo. Se trata del Magisterio pastoral a través del cual se dan orientaciones a los cristianos para afrontar, ante los acontecimientos que los tiempos van haciendo surgir, el seguro camino para alcanzar a Dios y que a diferencia del anterior que se presenta como indiscutible, sólo obliga a un asentimiento reverencial, ya que es auténtico y con fuerza de autoridad, pero no infalible.
Siendo así, fácilmente se advierte que la doctrina social emana, en principio, del Magisterio ordinario, pero no obstante ello, es preciso tener en cuenta que en un mismo documento de la Iglesia, pueden abarcarse diversos tópicos que requieren también un distinto acatamiento y que pueden ser de tres tipos: primero, verdades religiosas, es decir, principios inmutables sobre fe y moral y que son de aceptación incuestionable y dogmática: por ej: la vocación sobrenatural de la persona humana; segundo, afirmaciones que tratan de conectar principios dogmáticos con las realidades cotidianas, como por ejemplo, cuando partiendo de ese principio inmutable de la vocación sobrenatural de la persona humana, se afirman posturas sobre el justo salario, las que son mutables y que sólo exigen un asentimiento reverencial; y por último, afirmaciones técnicas, que desde el punto de vista del Magisterio, no aportan nada al valor técnico que en sí tienen; por ej: cuál es la mejor forma de pagar ese justo salario y que admiten discusión en base a fundamentos técnicos o científicos contrarios.
La doctrina social no es, entonces, ni una elaboración preparada para habitantes del futuro; o formulaciones que surgen imprevistamente; o mandatos carentes de todo contenido. Por el contrario, es la respuesta concreta de la Iglesia frente a los problemas sociales de cada tiempo y que se condensa en cuatro temas fundamentales: la dignidad humana, que es el punto permanente de la doctrina; la economía social; la política social y las relaciones internacionales. Precisamente y como lo señala León XIV, la Encíclica “Rerum Novarum” se basó en estos principios rectores, tal como se revela en el título que encabeza el documento: “Sobre la situación de los obreros”. A partir de allí señala que para solucionar este mal, “los socialistas, atizando el odio de los indigentes contra los ricos, tratan de acabar con la propiedad privada de los bienes, estimando mejor que, en su lugar, todos los bienes sean comunes y administrados por las personas que rigen el municipio o gobiernan la nación. Creen que con este traslado de los bienes de los particulares a la comunidad, distribuyendo por igual las riquezas y el bienestar entre todos los ciudadanos, se podría curar el mal presente. Pero esta medida es tan inadecuada para resolver la contienda, que incluso llega a perjudicar a las propias clases obreras; y es, además, sumamente injusta, pues ejerce violencia contra los legítimos poseedores, altera la misión de la república y agita fundamentalmente a las naciones” (2).
Por el contrario basa el razonamiento a partir del derecho a la propiedad privada ya que la razón misma del trabajo para el obrero “es procurarse algo para sí y poseer con propio derecho una cosa como suya. Si, por consiguiente, presta sus fuerzas o su habilidad a otro, lo hará por esta razón: para conseguir lo necesario para la comida y el vestido; y por ello, merced al trabajo aportado, adquiere un verdadero y perfecto derecho no sólo a exigir el salario, sino también para emplearlo a su gusto. Luego si, reduciendo sus gastos, ahorra algo e invierte el fruto de sus ahorros en una finca, con lo que puede asegurarse más su manutención, esta finca realmente no es otra cosa que el mismo salario revestido de otra apariencia, y de ahí que la finca adquirida por el obrero de esta forma debe ser tan de su dominio como el salario ganado con su trabajo. Ahora bien: es en esto precisamente en lo que consiste, como fácilmente se colige, la propiedad de las cosas, tanto muebles como inmuebles” (3) Y ello no se opone a las enseñanzas de la Biblia sino todo lo contrario, toda vez que “el que Dios haya dado la tierra para usufructuarla y disfrutarla a la totalidad del género humano no puede oponerse en modo alguno a la propiedad privada. Pues se dice que Dios dio la tierra en común al género humano no porque quisiera que su posesión fuera indivisa para todos, sino porque no asignó a nadie la parte que habría de poseer, dejando la delimitación de las posesiones privadas a la industria de los individuos y a las instituciones de los pueblos” (6) Y entonces “cuando el hombre aplica su habilidad intelectual y sus fuerzas corporales a procurarse los bienes de la naturaleza, por este mismo hecho se adjudica a sí aquella parte de la naturaleza corpórea que él mismo cultivó, en la que su persona dejó impresa una a modo de huella, de modo que sea absolutamente justo que use de esa parte como suya y que de ningún modo sea lícito que venga nadie a violar ese derecho de él mismo (7).
En un párrafo esencial señala León XIII la falacia de sostener que una clase social sea naturalmente enemiga de la otra, lo cual resulta ajeno a la razón y a la verdad ya que, por el contrario,
“es lo más cierto que como en el cuerpo se ensamblan entre sí miembros diversos, de donde surge aquella proporcionada disposición que justamente podríase llamar armonía, así ha dispuesto la naturaleza que, en la sociedad humana, dichas clases gemelas concuerden armónicamente y se ajusten para lograr el equilibrio. Ambas se necesitan en absoluto: ni el capital puede subsistir sin el trabajo, ni el trabajo sin el capital. El acuerdo engendra la belleza y el orden de las cosas; por el contrario, de la persistencia de la lucha tiene que derivarse necesariamente la confusión juntamente con un bárbaro salvajismo (14).
Y no menos importante es el tema de la riqueza y el uso del dinero que ella provee, destacando que poseer bienes en privado, “es derecho natural del hombre, y usar de este derecho, sobre todo en la sociedad de la vida, no sólo es lícito, sino incluso necesario en absoluto. «Es lícito que el hombre posea cosas propias. Y es necesario también para la vida humana»[9]. Y si se pregunta cuál es necesario que sea el uso de los bienes, la Iglesia responderá sin vacilación alguna: «En cuanto a esto, el hombre no debe considerar las cosas externas como propias, sino como comunes; es decir, de modo que las comparta fácilmente con otros en sus necesidades. De donde el Apóstol dice: “Manda a los ricos de este siglo… que den, que compartan con facilidad”»(10).
Finalmente, cabe señalar que la Encíclica aborda fundadamente derechos de los trabajadores y que hacen a su dignidad como creaturas humanas, tales como las condiciones de trabajo; el justo salario; la jornada laboral o el derecho al descanso, e igualmente el rol del Estado para tutelar que estos derechos se cumplan; el derecho de huelga; la organización gremial y el derecho de los trabajadores a afiliarse libremente y el trabajo de las mujeres.
Hoy, domingo 18 de mayo, tendrá lugar en la Plaza de San Pedro del Vaticano la Misa mediante la cual el Papa León XIV inaugurará oficialmente su Ministerio Petrino y en la que recibirá el palio y el Anillo del Pescador que representa la autoridad del Papa como sucesor de Pedro, el primer pontífice de la Iglesia. Quizá quepa recordar entonces la frase de San Agustín que pronunciara León XIV en su primera aparición oficial: “Si me asusta lo que soy para vosotros, me consuela lo que soy con vosotros. Para vosotros soy Obispo, con vosotros soy cristiano. Aquel nombre expresa un deber, éste, una gracia; aquél indica un peligro, éste, la salvación” (Sermón 340,1).
