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“Un torneo oficial de falacias” por Carlos Baeza

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Un reciente fallo de la sala I de la Cámara Federal porteña, dispuso la libertad de los cuatro integrantes de una agrupación que fueran procesados por presuntas amenazas y mensajes violentos contra la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner. Y como era de esperar, todo el kirchnerismo se abroqueló contra lo decidido en dicho pronunciamiento así como en forma personal contra los tres integrantes de ese Tribunal. Lo interesante de esta diatriba es que amén de violarse pautas esenciales que hacen a la división de poderes y a la independencia del Poder Judicial, se ha incurrido en una serie de falacias dignas de mejor causa pero a las que nos tiene acostumbrado el oficialismo mediante el recurso de su típico “relato”.

1° El presidente Fernández fue categórico al sostener que “Una vez más, la Sala 1 de la Cámara Federal de Comodoro Py, integrada por dos magistrados que ocupan sus asientos de forma contraria a la Constitución, interviene en una causa de relevancia institucional”; agregando que “lejos de querer esclarecer el hecho y llegar a sus máximos responsables, están empecinados en tapar lo obvio: que una banda criminal con ramificaciones y financiamiento oscuro atentó contra la vida de la vicepresidenta de la Nación”. Finalizó afirmando que “Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi deberían estar solo en los tribunales para los cuales concursaron. Solo una maniobra ilegal (que es un secreto a voces) del expresidente Mauricio Macri, que ordena a los consejeros de la Magistratura que le responden bloquear el concurso para designar a quienes deberán ocupar legítimamente las vacantes que hoy usurpan los jueces citados, hace posible esta arbitrariedad”. Una vez más el docente de la UBA olvida la cláusula del art. 109 de la Constitución Nacional que dispone que “En ningún caso el Presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”; y así como lo hiciera en reiteradas oportunidades viola abiertamente ese dispositivo por lo cual su conducta es pasible de la causal de mal desempeño y, como tal, sujeto a juicio político. A estas descalificaciones inadmisible por parte de un presidente contra miembros del Poder Judicial, se sumaron otros paladines de la democracia como el Ministro Soria o el diputado Moreau e igualmente los legisladores de esta provincia del Frente de Todos, para quienes los 3 camaristas mencionados fueron nombrados por el ex presidente Mauricio Macri sin concurso y trasladados en forma ilegal; al tiempo que cuestionaron no se investigara el financiamiento a Revolución Federal por parte del grupo “Caputo Hnos.” propiedad del ex ministro del gobierno macrista, Luis Caputo.

2° Cabe recordar que a raíz del atentado contra la vicepresidente, se inició una causa penal en la que se detuvo y procesó a integrantes de un grupo denominado “Los copitos” (por su actividad de vendedores ambulantes de copos de algodón en actos públicos) la que tramita ente el juzgado de la Dra. María Eugenia Capuchetti, quien procesó a Nicolás Gabriel Carrizo; Fernando Sabag Montiel; Brenda Uliarte y Agustina Díaz, por el delito de homicidio calificado, agravado por el empleo de armas de fuego, alevosía y premeditación, en grado de tentativa. En paralelo y en virtud de otra denuncia que sindicaba a Brenda Uliarte como partícipe en una marcha violenta organizada por la agrupación Revolución Federal, se inició una causa ante el juez Marcelo Martínez de Giorgi en la que fueron procesados Jonathan Morel; Leonardo Sosa; Gastón Guerra y Sabrina Basile por considerarlos integrantes de agrupaciones permanentes o transitorias que tuvieran por objeto imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, a quienes se privó de su libertad. Apelada esta decisión, la Sala I de la Cámara Federal porteña, la cual mediante el voto unánime de sus tres integrantes, los Dres. Leopoldo Bruglia; Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, revocó ese pronunciamiento y dispuso la libertad a los 4 detenidos, sin perjuicio de la continuación del proceso. Y bien: desde el inicio de ambas causas, el kirchnerismo trató de alegar la conexidad entre ellas y buscar tanto las fuentes del financiamiento como de los autores intelectuales de esas actividades ilícitas; y fue así que hilvanó una desopilante historia, digna de Netflix, según la cual Mauricio Macri -¡cuando no!- le encomendó a su amigo Caputo que financiara el atentado contra la vicepresidente; razón por la cual este, a través de una empresa que integra junto a familiares, simularon la compra de gran cantidad de muebles para la misma y pagaron una abultada suma de dinero al carpintero Jonathan Morel, integrante de Revolución Federal, quien a su vez subcontrató a “Los copitos” para que atentaran contra CFK. Esta increíble novela les cerraba perfectamente para sus objetivos pero desafortunadamente fue la propia justicia quién desbarató la historieta.

3° La primera falacia argumental es la referida a la presunta conexidad entre la causa de “Los copitos” y Revolución Federal. Las “ramificaciones y financiamiento obscuro” de este segundo grupo fue descartada de plano por la justicia, ya que la misma Cámara sostuvo que los hechos violentos de los miembros de Revolución Federal no guardan relación con la causa del atentado contra Cristina Kirchner, ya que el único punto de contacto sería la presencia de una integrante de “Los copitos” –Brenda Uliarte- en un acto de Revolución Federal; lo cual fuera igualmente sostenido por la Dra. Capuchetti y el fiscal Carlos Rívolo. Para el Tribunal “No se verifica, de momento, la existencia de elementos objetivos que nos permitan conectar ambas investigaciones, sin perjuicio de lo que pueda surgir con el avance de la investigación”. En otros términos: a la fecha no existe en ninguna de las dos causas siquiera un punto de contacto entre “Los copitos” y Revolución Federal, ni menos aún la existencia de financiamiento ni autores intelectuales de los actos ilícitos atribuidos a ambos grupos.

4° Otra de las falsas premisas es la forma en que los jueces Bruglia y Bertuzzi llegaran a ocupar sus actuales cargos, ya que el presidente Fernández sostuvo que ambos magistrados “ocupan sus asientos de forma contraria a la Constitución” y que por ello “deberían estar solo en los tribunales para los cuales concursaron” Cabe recordarle al docente de la UBA que, al menos por su profesión de abogado, debería saber que en materia de traslado de jueces intervienen el Consejo de la Magistratura según el Reglamento 155/2000 y el presidente de la Nación. Así, el caso del juez Bertuzzi es singular: hasta el año 2008 se desempeñaba como integrante del TOF 1 de La Plata y solicitó su traslado al TOF 4 de la Capital, lo que fuera acogido por el Consejo de la Magistratura por considerar “conveniente el traslado referido para lograr una más eficaz prestación del servicio de Justicia”. Por ello y mediante decreto n° 2040 del 26/11/2008, no Mauricio Macri sino la presidente Cristina Fernández de Kirchner -sí, la “abogada exitosa” como titular del Poder Ejecutivo en ese momento- dispuso: “Trasladase, a partir del 1° de abril de 2010, del TOF 1 de La Plata al TOF 4 de la Capital Federal al señor doctor Pablo Daniel Bertuzzi”. Posteriormente en septiembre de 2018 fue nuevamente trasladado desde el TOF 4 de la Capital a la Cámara Federal de ese distrito, mediando conformidad del Consejo de la Magistratura y designación por decreto del presidente Mauricio Macri. Por su parte Bruglia quien se desempeñaba en el TOF 4 de la Capital fue trasladado en abril de 2018 a la sala I de la Cámara Federal de Comodoro Py para lo cual y al igual que Bertuzzi, contó con la conformidad del Consejo de la Magistratura así como del respectivo decreto del presidente Mauricio Macri. Por todo lo expuesto, es falso que estos jueces fueran designados sin concurso, sino que sus iniciales designaciones se ajustaron al procedimiento fijado por la Constitución Nacional. Y en lo que hace a sus posteriores traslados, es de toda evidencia que los mismos fueron realizados cumpliendo las 2 exigencias entonces existente: la aprobación del Consejo de la Magistratura y el consecuente decreto presidencial que así los pusiera en funciones, pero sin requerir un nuevo acuerdo del Senado por cuanto como lo resolviera la Corte Suprema de Justicia mediante Acordada 7/18, el traslado de un juez federal a otro órgano también federal no exigía un nuevo acuerdo del Senado dado que el traslado de “magistrados federales es para desempeñar funciones de la misma jerarquía dentro de la jurisdicción federal, con igual o similar competencia material, mediando consentimiento del magistrado respectivo” No obstante ello, a posteriori, la misma Corte Suprema de Justicia modificó su postura en sentido contrario a su jurisprudencia, pero mantuvo el primitivo criterio en el sentido que los traslados de magistrados dentro del mismo fuero no requerían nuevo acuerdo del Senado, si bien considerando que dichos traslados debían entenderse realizados en forma provisoria y hasta tanto se realicen los concursos para cubrir esos cargos mediante el proceso constitucional establecido para tales nombramientos. En conclusión: los jueces Bruglia y Bertuzzi fueron trasladados en forma legal, mediante consenso del Consejo de la Magistratura y decreto confirmatorio de los presidentes de turno y de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia. Y si aún permanecen en esos puestos ello obedece exclusivamente a que a la fecha, el Consejo de la Magistratura no ha puesto en marcha los concursos para reemplazarlos y en su consecuencia, hacer que los nombrados retornen a sus anteriores cargos como lo resolviera la Corte.

5° No es que el kirchnerismo haya sido alguna vez respetuoso del sistema republicano y en particular en lo tocante al Poder Judicial, ya que la historia de sus 12 años de gobierno desnuda los reiterados ataques a este poder, no solo a la institución en sí sino igualmente a muchos de sus integrantes en forma personal. Así, la ex presidente CFK llegó a sostener: “No creo en el Poder Judicial de la República Argentina, por lo menos en los que en Comodoro Py evalúan este tipo de conductas…El Poder Judicial siempre actuó en contra de nuestro gobierno”. Basta leer su última obra literaria “Sinceramente” -que en realidad debió llamarse “Sincericidio”- para advertir su falta de apego a la República a través de sus muchas confesiones, entre las que se destaca mencionar al Juez Claudio Bonadío como un “sicario”, esto es, un asesino a sueldo (R.A.E). Nadie olvida tampoco la vergonzosa campaña contra el Dr. Carlos S. Fayt, integrante de la Corte Suprema de Justicia y uno de los jurisconsultos más brillantes del país; o el inventado jurado de enjuiciamiento al Dr. Campagnoli que naufragara ante la falta de insistencia de sus propios promotores al advertir la ausencia de causales para lograr esa finalidad; o la abortada propuesta de Reposo como Procurador ante el rechazo de la oposición fundado en la falsificación probada de su C.V. Todo ello sin tampoco olvidar el proyecto de “democratizar la justicia” a través de jueces elegidos por el pueblo en las listas de los partidos políticos y que la Corte declarara inconstitucional en el caso “Rizzo”. También merece recordarse la propuesta del gran demócrata Mempo Giardinelli para quien debería reformarse la Constitución a fin de eliminar “el Poder Judicial para que en su lugar haya un servicio judicial” para lo cual proponía declarar en comisión a todos los miembros del Poder Judicial y crear una nueva judicatura a la que podrían acceder “ciudadan@s no graduados en Derecho”. Y ni qué decir de la brillante idea de otro prohombre de la democracia como el intendente de San Antonio de Areco, Francisco Durañona para quien los integrantes de la nueva Corte Suprema de Justicia “tienen que ser militantes nuestros que tengan la preparación para que cuando lleguen los temas a instancia de la Corte que nosotros mismos proponemos y creemos que son importantes -como la ley de medios y la reforma judicial- los puedan defender”.

6° Es claro que la actuación de los jueces incomoda a quienes ejercen el poder, tal como actualmente ocurre con los múltiples procesos por corrupción seguidos a funcionarios del gobierno kirchnerista, pero la ignorancia supina de Giardinelli y sus compañeros de ruta llama la atención proviniendo de quienes se autotitulan “intelectuales”. Es que la propuesta que formulan en torno a modificar la Constitución haciendo que “el pueblo argentino se constituya en poder constituyente” ya fue proclamada hace años por Emmanuel Joseph Sieyès quien al igual que Montesquieu debe estar revolviéndose en su tumba de Père-Lachaise, ya que el art. 30 de la C.N precisamente exige para su reforma una ley del Congreso que declare la necesidad de enmienda y la reunión de un poder constituyente que la lleve a cabo. Por tanto, que alguien le avise a Giardinelli y sus muchachos que “siempre” la constitución debe ser modificada por el “poder constituyente” -es decir, el pueblo- pero solamente a través del procedimiento regulado por la citada cláusula constitucional. Por todo ello, en la Argentina de la anomia no extraña este nuevo embate contra el Poder Judicial y su independencia, en tanto los Echarri de la vida no creen que “la Patria esté en peligro”. Pero qué bueno sería que en nuestro caso pudiéramos escuchar la frase con la cual el presidente de los EE.UU George Washington pusiera en posesión de su cargo a John Jay, primer presidente de la Suprema Corte de ese país al decirle: “Me da especial placer dirigirme a Vos como la cabeza de ese gran departamento, que debe ser considerado la llave de nuestro edificio político”.

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