mar. 30 de junio de 2026
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Condena judicial: 7 años de cárcel a siete jóvenes por la violación grupal a una adolescente en Médanos

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El tribunal aplicó la coautoría funcional por el ataque de 2017. Los agresores seguirán libres hasta que la sentencia quede firme y habrá un segundo juicio. (159 car.)

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Bahía Blanca dictó sentencia en una causa por abuso sexual que implicó un proceso judicial de varios años. El juez Hugo De Rosa condenó a siete hombres a la pena de 7 años de prisión al hallarlos coautores penalmente responsables del delito de abuso sexual con acceso carnal contra una joven que, al momento del hecho en 2017, tenía 17 años.

Los condenados fueron identificados como Alan Kevin Ábalos, Franco Fabián Apis, Erik Dalla Riva, Kevin Dalla Riva, Fernando Herrera, Alexis Gaspar Roa y Enzo Gustavo Torres. A pesar del fallo, el magistrado determinó que no irán a prisión de manera inmediata hasta que la sentencia quede firme, basándose en que los imputados mantuvieron una conducta ajustada a derecho durante el proceso. No obstante, se les impuso la prohibición de salir del país y de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima.

Los hechos acreditados y la “coautoría funcional”
El ataque ocurrió durante la madrugada del 30 de noviembre de 2017 en una quinta ubicada sobre la Ruta 22, en la localidad de Médanos (partido de Villarino). La víctima, identificada como Enerina (quien hoy tiene 26 años), había asistido al festejo de un cumpleaños junto a una amiga. El grupo de agresores formaba parte de su círculo de conocidos y existía un vínculo de confianza previo.

Según el fallo judicial, los acusados coordinaron sus acciones mediante un plan previo:

El detonante: Utilizaron un juego de cartas con “prendas” para vulnerar a la adolescente. Luego de que ella se arrojara a un estanque como parte del juego, le escondieron la ropa.

El ataque: La condujeron a una habitación oscura donde la encerraron. La joven describió que los implicados mantuvieron la puerta cerrada mientras ella exigía que la soltaran.

Testimonio clave: Una amiga de la víctima intentó ingresar por la fuerza golpeando la puerta, y los agresores detuvieron el ataque recién cuando ella amenazó con llamar a la Policía.

Uno de los pilares jurídicos de la resolución fue la aplicación de la coautoría funcional. El juez De Rosa determinó que la responsabilidad penal de los siete condenados no dependía exclusivamente de la ejecución material del acceso carnal, sino del rol conjunto y coordinado que cada uno ejerció para preparar, ejecutar y sostener la situación de desprotección de la víctima.

El reclamo de las partes y el impacto en la víctima
Durante el debate, que se extendió desde el 19 de junio hasta el dictado de la sentencia el 30 de junio, las posturas de las partes fueron disímiles:

La Fiscalía (a cargo de Marcelo Romero Jardín) había solicitado 10 años de prisión, argumentando agravantes como la nocturnidad, la lejanía del lugar y la planificación.

El particular damnificado (representado por el abogado Mauro De Mira) pidió una pena de 12 años bajo la calificación de abuso sexual gravemente ultrajante.

La defensa conjunta (ejercida por los abogados Álvaro Coleffi y Marcelo Ciccola) argumentó que las relaciones fueron consentidas y solicitó la absolución.

Enerina, quien debió mudarse a la provincia de Córdoba para estudiar Derecho debido a las presiones y el hostigamiento en su pueblo natal, relató el severo impacto psicofísico que atravesó durante los años de instrucción. Manifestó haber sido diagnosticada con ataques de pánico y fibromialgia a causa del estrés postraumático, sufriendo además descompensaciones durante las dos horas que duró su declaración en el juicio.

Desdoblamiento de la causa y riesgo de revictimización
A pesar de la sentencia dictada a los mayores de edad, el proceso judicial por este mismo hecho aún no ha concluido. Debido a que la defensa técnica solicitó el desdoblamiento del debate, el caso sumará una nueva instancia.

Próximo debate: Los días 5, 6, 7 y 10 de agosto se llevará a cabo un segundo juicio ante el Tribunal de Menores contra otros tres imputados que tenían 17 años al momento del abuso.

El abogado de la querella, Mauro De Mira, criticó duramente esta división procesal calificándola como un “absurdo” que genera un desgaste judicial y una “revictimización inhumana” para la joven. Ante este panorama, la representación de la víctima solicitó formalmente al Tribunal de Menores que se incorpore como prueba la declaración ya brindada por Enerina en el primer juicio, evitando así la necesidad de exponerla a un nuevo interrogatorio. (Infocielo)