En la antesala a las elecciones generales 2023 que se desarrollarán el próximo domingo 22 de octubre, una de las preguntas más usuales de los ciudadanos y ciudadanas es con qué documento se puede votar. Conocé qué se necesita para ir a emitir el voto y cuáles son los errores más frecuentes.
Mariano Ríos Ordoñez, Director del Registro Provincial de las Personas, dialogó con La Cielo 103.5 y comunicó que este próximo domingo van a estar abiertas todas las delegaciones y funcionando desde las 8:00 hasta las 18.00 horas “acompañando el horario de la elección”.
Allí se entregarán los DNI que se tramitaron durante los últimos días y se van a estar recibiendo denuncias por extravío o hurto. “Mucha gente en lo cotidiano, con los documentos digitales no tiene presente donde tiene le físico, lo busca para votar, no lo encuentra y en esa situación pueden realizar la denuncia”, explicó el funcionario.
En ese sentido, Mariano sostuvo que, durante las próximas elecciones generales, no se puede votar con ningún DNI digital, tampoco con una foto del DNI y mucho menos con una constancia de documento en trámite. “Solo con documento físico, en cualquiera de sus formatos: tarjeta, libreta y otros. Pero siempre es con un documento físico”, detalló.
Además es muy importante tener en cuenta que se debe asistir a la institución con el documento que figura en el padrón electoral o uno posterior, no con uno anterior. Al respecto manifestó que “el padrón refleja el documento que estaba al momento del cierre, y esto se hace unos meses antes del día de la elección”.
“La ley prevé la posibilidad que el usuario haya renovado el DNI. Pero el que fue remplazado en el sistema y comunicado ante la Junta Electoral, ya deja de valer. Por ello es que vale el que esta en el padrón o el que le sigue, nunca uno anterior”, continuó.
Este es uno de los mayores problemas que sucede en cada elección: “Generalmente lo que más se presenta como un problema es que la gente se presenta con un ejemplar distinto al que figura. Tramitó uno nuevo y en el medio encontró el que había perdido, pero ese ya no tiene validez”.
Otras consultas sobre la documentación en las elecciones
¿Cómo se cambia el lugar de voto por cercanía de domicilio?
Según Ríos Ordoñez, eso no depende del Registro Provincial de las Personas si no de la Junta Electoral. “Lo que hacemos es informar a la Junta Electoral cualquier situación de modificación en los datos de una persona. Si una persona hace un cambio de domicilio nosotros reportamos ese cambio para que, en función de eso, se le reasigne el circuito electoral donde vota e incluso la escuela”, explicó.
¿Por qué no puedo votar en la nueva localidad donde vivo si renové el documento hace tres meses?
Al respecto, el director sostuvo que depende de si no recibió el DNI o no figura en el padrón: “Si no recibió el DNI, que se acerque a cualquier delegación del Registro con numero de trámite. Si no figura en el padrón, lo que puedo haber pasado es que el cambio fue posterior al cierre de los padrones”.
Un familia tiene una discapacidad que no le permite acceder al voto, ¿tengo que ir a la institución a explicar?
“Nadie tiene que ir a la mesa de votación a justificar por qué no puede votar, es suficiente con que no se acerque. Va a quedar como ‘voto no emitido’ y después de unos días es recomendable hacer una presentación en la Junta Electoral explicando la situación y que de esa manera lo den de baja del padrón”, explicó Mariano.
Vale recordar que las personas con discapacidad tienen derecho al voto como toda la ciudadanía argentina, aunque siempre es importante conocer el caso concreto. Para garantizar una experiencia inclusiva, deben poder acceder a determinadas herramientas de accesibilidad electoral.