jue. 30 de julio de 2026
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La Justicia volvió a rechazar el pedido de libertad asistida de Marcelo Caramelli

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La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca confirmó la resolución del Juzgado de Ejecución Penal N° 2 al considerar que aún no están reunidos los requisitos legales para otorgarle el beneficio.

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Bahía Blanca confirmó el rechazo al pedido de libertad asistida presentado por Carlos Marcelo Caramelli, al considerar que todavía no se encuentran cumplidos todos los requisitos previstos por la legislación para acceder al beneficio.
La resolución fue adoptada por la Sala I del tribunal, integrada por los jueces Gustavo Ángel Barbieri y Christian Alberto Yesari, quienes rechazaron el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado y confirmaron el fallo dictado en primera instancia.

Los fundamentos de la decisión

La defensa sostenía que un nuevo informe pericial elaborado en 2026 evidenciaba una evolución favorable del interno y cuestionaba que el juez de Ejecución hubiera realizado una valoración parcial de esa prueba.

Sin embargo, la Cámara entendió que, si bien el informe reflejó algunos avances, persistían observaciones psicológicas relevantes que impiden formular un pronóstico favorable e individualizado sobre la reinserción social del condenado, requisito indispensable para conceder la libertad asistida en los términos solicitados.

Los magistrados señalaron que los informes periciales continúan describiendo limitaciones en la autocrítica y en la elaboración de los factores personales vinculados a los hechos por los cuales Caramelli fue condenado, aspectos que consideraron de especial importancia al momento de evaluar la procedencia del beneficio.

La resolución quedó firme en esta instancia

En su fallo, la Cámara también descartó los planteos de la defensa respecto de una supuesta afectación de derechos constitucionales, al entender que las evaluaciones interdisciplinarias exigidas por la ley forman parte del análisis que debe realizarse antes de conceder este tipo de beneficios.

De esta manera, el tribunal declaró improcedente el recurso de apelación y confirmó la resolución del Juzgado de Ejecución Penal N° 2, por lo que Caramelli continuará privado de su libertad hasta tanto reúna las condiciones previstas por la normativa vigente para acceder a un beneficio de ejecución penal.