mar. 16 de abril de 2024
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Defensa del Consumidor

La Provincia elevó las multas a 300 millones de pesos para las empresas que no cumplan con la Ley

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La Provincia de Buenos Aires promulgó la Ley 15.410 que incorpora a los consumidores hipervulnerables y que actualiza las multas del código de consumidores bonaerenses (Ley 13.133), duplicando los montos si estos se ven perjudicados

De esta manera, se convirtió en la primera provincia del país en contemplar por ley los derechos de las y los consumidores hipervulnerables y/o colectivo de consumidores hipervulnerables que pertenezcan a sectores sociales afectados por causales de vulnerabilidad agravada, desfavorecidos o en desventaja, tales como las niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad, entre otros.

Además, el proyecto que fue impulsado por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y la senadora provincial Gabriela Demaría (Partido de La Costa), actualiza los montos por sanción de multas en una escala móvil que va de 0,5 a 5000 salarios mínimos, vitales y móviles y prevé la posibilidad de duplicarlos cuando involucra particularmente a esos consumidores mencionados.

De acuerdo al Salario Mínimo Vital y Móvil establecido para el mes de enero de 2023 el monto máximo por infracción a la ley provincial de defensa de las y los consumidores es de $327.135.000. Antes de esta nueva Ley el monto máximo era de $500.000. La ley permite duplicar los montos de las multas en el caso de que la persona perjudicada sea hipervulnerable.

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