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Lectura de Domingo: NEPOTISMO “¡A LO BESTIA!” por el constitucionalista Carlos Baeza

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El gran Miguel Gila, cuando quería aludir a una situación cuyo contenido superaba los límites de lo que usualmente cabía esperar de ella, solía utilizar la castiza expresión “¡a lo bestia!”.

 

Y ello viene a cuento con motivo del decreto del presidente Mauricio Macri disponiendo el cese de funciones de parientes de ministros del actual gobierno, y que ha planteado una vez más la cuestión del nepotismo, expresión que según la Real Academia Española es la preferencia que tienen algunos funcionarios públicos para dar empleos a familiares o amigos, sin importar el mérito para ocupar el cargo, sino su lealtad o alianza.

De tal forma la cuestión revela un enfrentamiento entre quienes llegan a cargos públicos solo por amistad o parentesco y quienes acceden a los mismos por méritos propios. De allí que medidas generales como la adoptada puedan resultar necesarias en algunos casos pero arbitrarias en otros.

En tal sentido, cuando un gobierno asume y en diversas áreas se designan parientes de los nuevos funcionarios, aun cuando ellos sean idóneos y calificados para el cargo, siempre se hablará de nepotismo partiendo de la sencilla premisa según la cual, igualmente idóneos y calificados funcionarios podrán hallarse más allá de los círculos familiares y que por ende la designación de estos últimos obedece solamente a los mencionados vínculos.

Pero la situación no parece ser la misma cuando un funcionario ha accedido al cargo mediante concurso u otro método de evaluación y viene desempeñándose con eficiencia durante años hasta que la llegada de un nuevo gobierno apareja la designación a posteriori de un pariente y que ello sea la causa para su apartamiento, ya que no se trata de nepotismo sino de meritocracia.

Precisamente, el decreto presidencial no ha realizado distingo alguno y así han pagado justos por pecadores provocando la justificada salida de funcionarios cuyo único mérito había sido el parentesco y sin idoneidad alguna para el cargo, junto a otros que ingresados con anterioridad al arribo de un nuevo presidente y justamente por méritos propios, deben no obstante dejar igualmente el puesto.

Estos casos son mínimos e irrelevantes -más allá de la cuestión ética- y han existido siempre no solo en nuestro país sino en el mundo entero. Pero donde el nepotismo en nuestro país ha sido “¡a lo bestia!” es posible encontrarlo no en cargos menores de la administración pública sino en la escala máxima de un país cual es la fórmula de presidente y vicepresidente de la Nación, pudiendo recordarse tres casos, uno de los cuales no llegó a plasmarse.

1° El primero tuvo lugar cuando debido a la conclusión de la primera presidencia de Juan Domingo Perón -1945-1951- debía elegirse la fórmula que representaría al partido gobernante en la siguiente elección. Luego de la reforma constitucional de 1949, Perón se encontraba habilitado para la inmediata reelección como presidente, pero la duda era en torno a la figura del eventual vicepresidente; y en este sentido su esposa, Eva Duarte de Perón -quien ya se encontraba afectada por una enfermedad terminal que poco después produciría su deceso- pretendía ocupar ese cargo teniendo en cuenta la popularidad de la que gozaba y que había alimentado a través de distintas obras de beneficencia y para lo cual contaba con el aval del movimiento peronista.

A su vez la poderosa CGT si bien adhería a la reelección de Perón solo brindaba “el apoyo a la obra que realiza Eva Perón” pero sin pronunciarse en torno a la mentada candidatura de la nombrada (Félix Luna, “Perón y su tiempo- La comunidad organizada”, p. 171).

Por otra parte, esa posibilidad no era considerada viable por un sector de las Fuerzas Armadas el cual llegó a transmitir ese malestar al propio Perón quien en lugar de contener esa embestida castrense como lo hiciera en otras ocasiones, habría pretendido utilizarla para poder así alegar ese veto militar como la causal para impedir la candidatura de Eva que si bien inicialmente había tolerado, estaba convencido que a causa de su enfermedad no podría encarar.

Lo cierto es que con el apoyo no solo del movimiento peronista sino ahora ya con el acompañamiento explícito de la CGT, se llevó a cabo el 22 de agosto de 1951 un acto conocido como el “Cabildo Abierto del Justicialismo” y que presidía un arco con la leyenda “Perón-Eva Perón-La fórmula de la Patria”. En su transcurso y dado que Eva Perón no estaba presente, se decidió encomendar a una comisión de la misma CGT para que fuera en su búsqueda lo que así se hizo; y ya con ella en el palco se leyó un documento partidario mediante el cual y ante la solicitud de la CGT, se resolvía proclamar a Perón y a su cónyuge como candidatos a presidente y vicepresidente, respectivamente.
Inicialmente, Eva Perón eludía una respuesta en torno a su candidatura pidiendo algunos días para pronunciarse, en tanto la concurrencia exigía que ello fuera hecho en ese momento. Finalmente y tras expresar Evita que “yo haré lo que el pueblo quiera” se aceptó una prórroga para conocer su decisión. Según cuenta Tomás Eloy Martínez en su obra “Santa Evita” al rato de finalizado el acto Perón tuvo una seria discusión con Eva en cuyo transcurso se opuso tenazmente a que aceptara la nominación recordándole la grave enfermedad que padecía. No obstante, y fuera esa la razón o eventualmente, el descontento de un sector castrense, lo cierto es que Eva Perón declinó esa candidatura el 31 de ese mismo mes, originando que esa vacante fuera ocupada por Juan Hortensio Quijano, quien ya había acompañado a Perón en su anterior presidencia.

Triunfante ese binomio, Quijano falleció dos meses antes de asumir y Perón inició su segundo mandato sin llamar a elecciones para cubrir el cargo, lo que recién tuviera lugar cuando el 7 de mayo de 1954 asumiera como vicepresidente -por corto periodo- Alberto Tessaire (Hugo Gambini, “Historia del peronismo-El poder total”, p. 230) Es indudable que de no haber sido por la enfermedad que aquejaba a Eva Perón, ella hubiera integrado junto a su esposo el binomio que desempeñaría el poder a partir de 1952.

2° Sin embargo, sería el mismo Perón quien años después reiteraría con éxito el fallido intento de 1951. En efecto: para las elecciones del 23 de septiembre de 1973 en las cuales Perón, vuelto del exilio, aspiraba a su tercer presidencia, se discutía acerca de quien lo acompañaría en calidad de vicepresidente; y por ello el Congreso del movimiento justicialista del 4 de agosto de ese año que debía pronunciarse al respecto terminó aceptando la candidatura de Isabel Perón propuesta por López Rega quien la transmitió a los gremios y al partido gobernante el cual el 26 de julio lanzó formalmente ese binomio.

Inicialmente, Perón rechazaba la candidatura de su cónyuge alegando que dado su estado de salud, y ante la eventualidad de no poder concluir su mandato no quería “dejar a Isabel expuesta a semejante situación” (Hugo Gambini, “Historia del peronismo-La violencia”, p. 289) No obstante, en una posterior reunión la misma Isabel hizo ver a Perón que había sido engañado en muchas ocasiones y que por ende “la única persona que no lo va a traicionar nunca voy a ser yo, así que yo creo que tengo que ser compañera de usted en la fórmula”; ocasión en la cual Rucci le habría dicho a Perón en tono irónico: “General, si usted quiere que votemos una escoba, nosotros votamos una escoba” (María Sáenz Quesada, “Isabel…”, p.123)

Ante ello, Perón aceptó la propuesta con lo cual quedó formado el binomio Perón-Perón el que triunfara con el 62% de los votos en esa elección. Pero el 1 de julio de 1974 se produjo el fallecimiento de Perón y asumió su esposa quien en poco tiempo reveló la total falta de idoneidad para el ejercicio del poder, siendo finalmente derrocada por el golpe del 23 de marzo de 1976.

3° El último caso, por el contrario, no significó compartir fórmula entre cónyuges sino que quien ocupara la presidencia digitara a su esposa como sucesora. La reforma constitucional de 1994 había dispuesto que el presidente y el vicepresidente duraran en sus funciones cuatro años, pudiendo ser reelectos o sucederse recíprocamente por un solo periodo consecutivo; y que si ello así ocurría no podrían ser elegidos para ninguno de ambos cargos sino con intervalo de un periodo (art. 90 C.N).

De tal forma, si en 2003 Néstor Kirchner hubiera llevado en la fórmula como vicepresidente a su esposa Cristina Fernández, al concluir ese mandato ambos hubieran podido presentarse una vez más en las mismas condiciones o intercambiando los roles, yendo Cristina como presidente y Néstor como vice. Pero al llegar 2011, ninguno de los dos podría haber aspirado a cubrir alguno de esos dos cargos sino hasta 2015, por lo cual se optó por otro plan, donde los vicepresidentes (Scioli, Cobos y Boudou) eran elementos sin injerencia alguna, y mediante el cual Néstor ocuparía la presidencia de 2003 a 2007 y al concluir su mandato haría lo que hizo: elegir per se a su cónyuge como candidata a presidente para el periodo 2007-2011 y al fenecer éste, el propio Néstor retornaría por un nuevo lapso y así sucesivamente.

Sin embargo el plan se frustró por el repentino fallecimiento de Kirchner, originando que su esposa se presentara para un nuevo y último mandato consecutivo (2011-2015) lo que llevó al partido gobernante a sugerir una reforma constitucional que habilitara tener una “Cristina eterna” -como propuso la lúcida legisladora Diana Conti- pero que naufragara en manos de la oposición.

4° El decreto de Macri en torno al cese de algunos parientes de sus ministros no pasó de ser una boutade, primero, porque quienes debieron dejar los cargos habían sido designados por el mismo gobierno poco tiempo antes sin importar el parentesco; y segundo por la escasa relevancia que el tema representa frente al reducido número de afectados y su incidencia en el presupuesto. Por el contrario, nepotismo “¡a lo bestia!” es lo que ocurrió en los tres casos analizados.

En ellos se advierte que todos pertenecían al mismo movimiento (justicialismo-peronismo-kirchnerismo o como quiera denominárselo); en tanto que en los dos primeros casos, la decisión de designar al vicepresidente estuvo exclusivamente en manos de su cónyuge quien ejercía la presidencia de la Nación y sin que existiera ningún proceso de selección previa a través de comicios internos dentro del propio espacio; finalmente en el último, la designación de quién reemplazaría al presidente saliente también estuvo en la unilateral decisión de éste que lo hizo en favor de su esposa, sin que tampoco hubiera decisión alguna de los órganos partidarios mediante elecciones internas.

5° Cuatro son las formas tradicionales de acceso al poder: a) la herencia, típica de los sistemas monárquicos; b) la elección, presente en los regímenes democráticos; c) la fuera, utilizada por movimientos armados que usurpan el poder; y d) la cooptación, entendida como la acción de llenar las vacantes que se producen en el seno de una corporación mediante el voto de los integrantes de la misma.

Fácilmente se advierte cómo esta práctica llevada a cabo por el peronismo en las tres presidencias señaladas importó un palmario nepotismo reñido con la esencia del sistema republicano y frente al silencio que al respecto guarda la Constitución Nacional la cual, en una eventual reforma, debería incorporar la prohibición de ocupar los cargos de presidente y vicepresidente no solo entre cónyuges, sino igualmente abarcando otros grados de parentesco.

Así, la mayoría de las constituciones americanas prohíben expresamente este traspaso de poderes entre cónyuges, como lo hacen las de Paraguay (art. 235 inc. 9); Panamá ( art. 187 inc. 2); Guatemala (art. 186 inc. c); El Salvador (art. 150 inc. 2); Venezuela (art. 184); Honduras (art. 240 inc. 6); Bolivia (art. 89 inc. 2); y Costa Rica (art. 132 inc. 3); y entre nosotros la Constitución de Río Negro en su art. 172 inc. 2. Obviamente ello no se encuentra en los sistemas europeos, donde el jefe de gobierno es generalmente electo por el Parlamento, aunque cabe señalar a la Constitución de Austria que contiene una prohibición similar para el presidente de extracción popular (art. 60 inc 3).

Por eso Alberdi en su proyecto de Constitución quería limitar la reelección presidencial –entonces con mandato de 6 años- al afirmar que “admitir la reelección, es extender a doce años el término de la presidencia. El Presidente tiene siempre medios de hacerse reelegir y rara vez deja de hacerlo”

Carlos R. Baeza
Abogado constitucionalista

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