La Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal confirmó el fallo de la Sala I, el cual revocó el veredicto absolutorio de la jueza Susana González La Riva, titular del Juzgado Correccional N.º 3 -quien absolvió a las tres personas que llegaron a juicio acusados del homicidio culposo de Mónica Haring- y consecuencia, se ratificó la condena de los acusados.
Los dos socios propietarios de la empresa Del Sur Construcciones y Servicios S.R.L. que estaban llevando a cabo la construcción del edificio, Pablo Bergese y Andrés Miguel Di Lauro fueron condenados a la pena de 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional, sujeta al cumplimiento de las reglas de conducta establecidas por el mismo período de tiempo, y 9 años de inhabilitación especial para ejecutar tareas de construcción, mantenimiento, reparación o cualquier otro tipo de trabajos en inmuebles.
En tanto, la responsable de Seguridad e Higiene, Daiana Mónica Astrada, fue condenada a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional, sujeta al cumplimiento de las reglas de conducta por 2 años y 6 meses, y 5 años de inhabilitación especial para ejercer su profesión brindando servicios para cualquier actividad.
El hecho se produjo el 6 de noviembre de 2019 en calle Gorriti entre las numeraciones 155 y 177 donde estaba se estaba construyendo el edificio de 8 pisos, desde donde se desprendió un puntal de madera de más de 2 metros de largo, cayó y golpeó a Haring quien transitaba por el frente del lugar.
Como consecuencia del golpe, Haring sufrió lesiones y fue internada en el Hospital Municipal donde murió el día 26 de noviembre, a causa de una hemorragia encefálica producto del traumatismo grave de cráneo.








