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“El golpe del 6 de septiembre de 1930” por Carlos Baeza

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Se acaban de cumplir 93 años del primer golpe de Estado que derrocara al presidente constitucional Hipólito Yrigoyen. Al igual que aconteciera en la mayoría de los países latinoamericanos, Argentina no fue ajena a los innumerables episodios que suspendieron la vigencia de la Constitución Nacional y entronizaron en el poder a gobiernos usurpadores legitimados por la mayoría de la opinión pública durante el lapso que abarcaran tales interrupciones no democráticas.

1° Utilizamos la expresión “gobiernos usurpadores” en lugar de “gobiernos de facto”, siguiendo la terminología de Constantineau para quien es posible distinguir tres situaciones. En primer término, se encuentra el funcionario de iure, es decir, aquel “que tiene un título legal y está investido con la insignia, el poder y la autoridad del cargo. Tiene un título contra todo el mundo para ejercer las funciones de su cargo y recibir los honorarios y emolumentos pertinentes; sus actos, dentro de los límites de su autoridad no pueden ser cuestionados por los ciudadanos ni por ningún departamento del gobierno”. Es el caso de todos los gobiernos argentinos surgidos de la voluntad popular expresada a través del sufragio.

En segundo lugar se encuentra el funcionario de facto, a quien se define como el que aunque no es legalmente tal, está sin embargo en posesión y ejercicio de un cargo. Ello puede deberse a diversas causas, a saber: “primero, sin un nombramiento o elección conocida, pero bajo tales circunstancias de reputación o aceptación suficientes como para inducir las gentes a aceptarlo sin previa investigación, a acatarlo o requerir su acción suponiendo que es el funcionario que pretende ser; segundo, so color de una designación o elección conocida y válida, cuando, empero, el funcionario no ha podido cumplir alguna condición o requisito preliminar tal como pronunciar un juramento, dar una fianza o algo semejante; tercero, so color de una elección o designación conocida, pero nula porque el funcionario no era elegible o porque el cuerpo que lo ha elegido o designado carecía de esa facultad para ello o cualquier otro defecto desconocido por el público; cuarto, so color de una elección o designación efectuada de acuerdo, en virtud o en aplicación de una ley inconstitucional antes que la misma fuese declarada tal”. Ello fue lo ocurrido en los casos de José María Guido y Eduardo Duhalde e igualmente incluimos como gobierno de facto a la designación de Bartolomé Mitre como “Encargado del PE” entre el 12 de abril y el 12 de octubre de 1862.

Finalmente, el funcionario usurpador, es quien “se arroga el derecho a gobernar por la fuerza en contra y con violación de la constitución del país”, tal como aconteciera en nuestro caso, con los gobiernos cuyo acceso al poder tuvo lugar como consecuencia de movimientos militares.

2° El 6 de septiembre de 1930, un movimiento encabezado por el teniente general José Félix Uriburu, destituyó al presidente Hipólito Yrigoyen que venía cumpliendo su segundo mandato constitucional desde el 12 de octubre de 1928. En un “Manifiesto al pueblo” publicado ese mismo día en los principales periódicos del país se expresaba entre otros conceptos: “Respondiendo al clamor del pueblo y con el patriótico apoyo del Ejército y de la Armada, hemos asumido el gobierno de la Nación. Exponentes del orden y educados en el respeto de las leyes y de las instituciones, hemos asistido atónitos al proceso de desquiciamiento que ha sufrido el país en los últimos años. Hemos aguardado serenamente con la esperanza de una reacción salvadora, pero ante la angustiosa realidad que presenta el país al borde del caos y de la ruina, asumimos ante él la responsabilidad de evitar su derrumbe definitivo. La inercia y la corrupción administrativa, la ausencia de justicia, la anarquía universitaria, la improvisación y el despilfarro en materia económica y financiera, el favoritismo deprimente como sistema burocrático, la politiquería como tarea primordial del gobierno, la acción destructora y denigrante en el Ejército y en la Armada, el descrédito internacional logrado por la jactancia en el desprecio por las leyes y por las actitudes y las expresiones reveladoras de una incultura agresiva, la exaltación de lo subalterno, el abuso, el atropello, el fraude, el latrocinio y el crimen, son apenas un pálido reflejo de lo que ha tenido que soportar el país”. Ese golpe contó entre las filas de quienes derrocaran al presidente Yrigoyen, al entonces capitán Juan D. Perón, integrante del Comando de Operaciones encabezado por Uriburu, y oficial de enlace entre la columna revolucionaria y la Escuela Superior de Guerra, quien afirmara que “solo un milagro pudo salvar a la revolución”, agregando que ese milagro “lo realizó el pueblo de Buenos Aires, que en forma de una avalancha humana se desbordó en las calles al grito de ‘¡viva la revolución!’”.

Esta activa participación en el golpe de 1930 hizo que Perón, desilusionado por los enfrentamientos dentro del propio movimiento “y convencido de que la misión táctica que se le había asignado fracasaría, se retiró del grupo el 3 de septiembre. Al día siguiente se reunió con los oficiales del grupo de Justo en un esfuerzo de último momento para imponer sus ideas a Uriburu, y conquistar más amplio apoyo para el movimiento revolucionario”

La Corte Suprema de Justicia a través de una Acordada del 10 de septiembre de 1930 reconoció al gobierno usurpador entronizado pocos días antes en el poder, sosteniendo que el mismo se encontraba “en posesión de las fuerzas militares y policiales necesarias para asegurar la paz y el orden de la Nación, por consiguiente para proteger la libertad, la vida y la propiedad de las personas y ha declarado, además, en actos públicos, que mantendrá la supremacía de la Constitución y de las leyes del país, en el ejercicio del poder. Que tales antecedentes caracterizan, sin duda, un gobierno de hecho en cuanto a su constitución, y de cuya naturaleza participan los funcionarios que lo integran actualmente o que se designen en lo sucesivo con todas las consecuencias de la doctrina de los gobiernos de facto respecto a la posibilidad de realizar válidamente los actos necesarios para el cumplimiento de los fines perseguidos por él. Que esta Corte ha declarado, respecto de los funcionarios de hecho que la doctrina constitucional e internacional se uniforma en el sentido de dar validez a sus actos, cualquiera que pueda ser el vicio o deficiencia de sus nombramientos o de su elección, fundándose en razones de policía y de necesidad y con el fin de mantener protegido al público y a los individuos cuyos intereses puedan ser afectados, ya que no les sería posible a éstos últimos realizar investigaciones ni discutir la legalidad de las designaciones de funcionarios que se hallan en aparente posesión de sus poderes y funciones”.

El Alto Tribunal continuaba reafirmando que el gobierno que acababa de surgir, era “un gobierno de facto cuyo título no puede ser judicialmente discutido con éxito por las personas en cuanto ejercita la función administrativa y política derivada de su posesión de la fuerza como resorte de orden y de seguridad social. Que ello no obstante, si normalizada la situación en el desenvolvimiento de la acción del gobierno de facto, los funcionarios que lo integran desconocieran las garantías individuales o las de la propiedad u otras de las aseguradas por la Constitución, la administración de justicia encargada de hacer cumplir ésta, las restablecería en las mismas condiciones y con el mismo alcance que lo habría hecho con el Poder Ejecutivo de derecho” (Fallos 158:290)

3° Sin embargo el golpe de 1930 fue para Juan Domingo Perón solo un pre calentamiento para la nueva ruptura del orden constitucional que sucedería poco después, el 4 de junio de 1943. Este último estuvo organizado por el GOU (Grupo de Oficiales Unidos) integrado por ocho oficiales, uno de ellos, el entonces Coronel Juan Domingo Perón, quien fuera designado Jefe de la Secretaría del Ministerio de Guerra y reivindicando para el GOU el protagonismo del movimiento, escribió: “A pesar de los hechos, que se precipitaron y encontraron al GOU en plena labor de enrolamiento, la mayor parte de los jefes y oficiales ya pertenecían a él, lo que le permitió la realización del movimiento revolucionario, como única solución patriótica ante la grave situación creada al país”. Luego, Perón obtendría otros importantes cargos dentro de ese gobierno, como fueron la titularidad de la Secretaría de Trabajo y Previsión, y luego como Ministro de Guerra y Vicepresidente. El mismo Perón, ya como presidente de la Nación, en el discurso inaugural de las sesiones de la Convención Constituyente de 1949, diría: “Las fuerzas armadas de la Nación, intérpretes del clamor del pueblo, sin regir la responsabilidad que asumían ante el pueblo mismo y ante la historia, el 4 de junio de 1943 derribaron cuanto significaba una renuncia a la verdadera libertad, a la auténtica fraternidad entre los argentinos”

4° Finalmente y con relación al golpe de 1966 que derrocara al presidente Arturo Umberto Illia, Perón desde el exilio, apoyó abiertamente el derrocamiento del gobierno de iure al decir: “Para mí, éste es un movimiento simpático porque se acortó una situación que ya no podía continuar. Cada argentino sentía eso. Onganía puso término a una etapa de verdadera corrupción”; agregando: “Simpatizo con el movimiento militar porque el nuevo gobierno puso coto a una situación catastrófica. Como argentino hubiera apoyado a todo hombre que pusiera fin a la corrupción del Gobierno Illia”
En la Argentina de la anomia solo se conmemora como feriado nacional el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. En términos yrigoyenianos una “patética miserabilidad”.

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