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“Las patéticas miserabilidades del progresismo vernáculo” por Carlos Baeza

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Las embestidas del oficialismo así como de la cohorte de periféricos alcahuetes del progresismo local contra el Poder Judicial, ya no tienen límites en su afán de lograr la impunidad de todos quienes se encuentran sometidos a procesos por supuestos hechos de corrupción durante la gestión kirchnerista. Y como habitualmente ocurre, los nombres de sus protagonistas suelen ser los mismos que desde siempre abrazaron con fervor esa causa. Por eso, no debe sorprender la irrupción de la campaña de liberación de Milagro Sala que viene sumando adeptos de distinto pelaje.

1° Para fogonear esta campaña, una vez más apareció el ex juez prostibulario Zaffaroni quien dijo que el gobernador Gerardo Morales “es el estiércol de la política con sus cloacas más hediondas”, agregando que “Una república no puede tolerar esto. En una República y en un Estado de Derecho no hay prisioneros políticos. Milagro no es una presa política, es una prisionera política que es mucho peor. Está a disposición de un poder ejecutivo porque el judicial no es más que la mano enguantada de ese ejecutivo”. No debe olvidarse que ya con anterioridad, Zaffaroni había manifestado que la prisión de Milagro Sala le resultaba injustificada por lo que “creo que lo que corresponde mínimamente es una intervención federal al Poder Judicial de la provincia de Jujuy”; solicitud que de inmediato fue replicada por el obediente senador kirchnerista Guillermo Snopek quien presentó un proyecto solicitando la intervención federal al Poder Judicial de la provincia de Jujuy. Resulta así patético escuchar a este personaje desprestigiado y contradictorio que a lo largo de su vida acumula un historial de polémicas intervenciones. Vayan algunas que lo pintan de cuerpo entero.

a) en una entrevista con la revista Rolling Stone confesó que era “horrible” mandar gente a la cárcel, señalando: “Pero la diferencia es cómo lo encarás. Abrís un expediente y decís: ‘A ver cómo lo zafo a éste’. Y si zafarlo no está bien, entonces digo: ‘A ver cómo hago para que la lleve más aliviada’. Abriendo un expediente así, con esa idea, vas a dormir tranquilo siempre”.

b) en otra ocasión, se refirió a la denuncia del asesinado fiscal Nisman afirmando que la misma “era un mamarracho”, y acotó: “si Alberto Nisman estuviera vivo, creo que lo ahorco”; y frente a las críticas por tales dichos, fue todavía más allá e ironizó: “No vaya a ser que Marijuan ahora quiera procesarme por el delito de intentar ahorcar a un muerto“, finalizando: “Es un muerto, no lo voy a ahorcar, es absurdo”.

c) este mismo Zaffaroni fue quien falló en la causa seguida contra el portero Julio Tiraboschi que bajo engaños abusó de una menor de 8 años en la cochera del edificio en el que ejercía su trabajo y que condenado a 7 años de prisión, fue beneficiado con una reducción a solo 3 años. ¿Qué dijo el rey del abolicionismo? Ante todo ponderó al delincuente diciendo que “estamos ante un imputado sin antecedentes, que confesó plenamente el hecho y demuestra arrepentimiento. Es un hombre joven y padre de familia, que sufrirá graves consecuencias en el plano familiar y laboral, además de social”; y a continuación agregó que “el único hecho imputable se consumó a oscuras, lo que reduce aún más el contenido traumático de la desfavorable vivencia para la menor”. Es la doctrina abolicionista que siempre defendió y que propugna intercambiar los roles de “víctima” y “victimario” haciendo que el delincuente llegue a ese estado por la injusticia social que representa las condiciones de pobreza en que fue criado por lo cual, cuando comete un ilícito, no hace sino devolver a la sociedad la injusticia de ella recibida.

d) otro jalón en su carrera se dio cuando se presentó ante el Senado para cumplir con el requisito de la audiencia fijada por el art. 99 inc. 4° C.N como paso previo a su designación como juez de la Corte Suprema de Justicia. En la ocasión,lo hizo acompañado de su íntimo amigo y socio en el estudio jurídico que ambos compartían, Jacobo Isaac Grossman. Pero este individuo no era un abogado más sino que se trataba de quien junto a Alberto González, Eduardo Zurko, Julio César Barbosa y Cristina Bejar integraban una banda acusada de realizar numerosos secuestros y otros delitos, y que fueran condenados a 20 años de prisión; indultado por el ex presidente Menem mediante decreto 263 que beneficiaba a guerrilleros que ninguna vinculación tenían con Grossman quien solo era un delincuente común.

e) finalmente -y sin agotar el repertorio- cabe recordar que este mismo sujeto fue también el propietario de 6 departamentos en la Capital dedicados a la prostitución, alegando en su descargo que no podía saber quiénes moraban en sus propiedades ni a qué se dedicaban; argumento falaz que fuera controvertido por Ricardo Montiveros, su íntimo amigo y administrador de sus bienes con quien convivía, quien reconoció la infracción a la ley de profilaxis y abonó la multa máxima fijada por la legislación, con lo cual logró el cierre de la causa. Si ambos vivían juntos no se concibe que por boca de su fiel amigo y administrador ignorase quiénes ocupaban los departamentos y cuáles eran sus actividades. Y como todo tiene que ver con todo, Zaffaroni es también amigo íntimo de Amado Boudou a cuyas fiestas de cumpleaños solía asistir y a quien Grossman defendió por “truchar” la documentación de un automotor, imputación respecto a la cual Zaffaroni afirmó que “tener procesado al vicepresidente de la República por un formulario 08 falso de hace veinte años de un auto que se transfirió, que no damnificó a nadie, me parece que es un poco exagerado”. ¡Amigos son los amigos!

2° Pero más grave aún que el ataque de Zaffaroni a Morales por la detención de Milagro Sala fue la gestión de dos ministros del gobierno nacional que violando la división de poderes y el sistema federal como igualmente la prohibición del art. 109 C.N, se inmiscuyeron inconstitucionalmente en las causas judiciales seguidas contra la delincuente Milagro Sala condenado por jueces designados por el peronismo y en variadas instancias. Así fue que los medios reflejaron una animada reunión entre Sala -quien goza de prisión domiciliaria- y los ministros Eduardo de Pedro y Elisabeth Gómez Alcorta, quienes mate mediante, efectuaron interesantes declaraciones a los medios. El primero, que funge como Ministro del Interior, afirmó que “Es necesario reconstruir una Justicia que no persiga opositores y que garantice a las y los argentinos sus derechos, más allá de los poderes de turno. Es un principio básico del sistema republicano y la convivencia democrática”. Por su parte Gómez Alcorta -quien fuera abogada defensora de Sala- sostuvo que “la injusta detención de Milagro daña nuestra democracia”, exigiendo su libertad y “el fin de su persecución política”.

3° Milagro Sala no es una presa política sino una política presa juzgada por numerosos delitos. Su inicial detención no lo fue por ejercer el derecho a la protesta y la libertad de expresión, sino por haber sido procesada y juzgada por la supuesta comisión de los delitos de malversación de fondos públicos; evasión fiscal; enriquecimiento ilícito; fraude a la administración pública; asociación ilícita y extorsión; sin perjuicio de otras causas por las que igualmente se la investiga que en total ascienden a 11. Es falaz, por tanto, pretender que se trata de una presa política y responsabilizar por su situación al gobierno nacional y al de Jujuy, olvidando que el peronismo, a través de PJ y luego del FPV, gobernaron Jujuy durante 32 años y son los que designaron a la casi totalidad de los integrantes del Poder Judicial, entre ellos a quienes intervienen en esos procesos, como son los casos del juez Gutiérrez y la fiscal Fernández de Montiel quienes están en sus cargos hace más de 20 años.

En un Estado de Derecho la independencia del Poder Judicial es la única garantía para la defensa de los derechos de todos los habitantes. Nuestra Constitución Nacional ya desde el preámbulo se propone como una de sus finalidades la de “afianzar la justicia” y para asegurar los derechos y garantías de todos los habitantes manteniendo la igualdad entre ellos, se han suprimido los fueros personales (art. 16), en tanto nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de expropiación o sentencia judicial fundada en ley, ni obligado a la prestación de servicios personales salvo disposición legal en tal sentido (art. 17). Igualmente, nadie puede ser penado sin juicio previo sobre la base de una ley anterior; ni juzgado por comisiones especiales o sacado de los jueces naturales designados antes de la comisión del hecho; ni obligado a declarar contra sí mismo, siendo inviolable la defensa en juicio de la persona y sus derechos (art. 18); en tanto la reforma de 1994 ha incorporado en forma explícita las acciones de hábeas corpus, amparo y hábeas data (art. 43).
Finalmente y dado el sistema federal adoptado, la Ley Fundamental impone a las provincias que en sus constituciones locales aseguren -entre otros principios- la administración de justicia (art. 5°), estando facultadas para celebrar tratados parciales con esa finalidad (art. 125); mientras que los actos y procedimientos judiciales de una de ellas gozan de entera fe en las demás (art. 7°), en tanto los jueces de los tribunales federales no pueden desempeñar igual magistratura en las provincias (art. 34).

Por todo ello, los hechos analizados no pueden ser soslayados ante la gravedad institucional que representan las intervenciones de funcionarios del gobierno en cuestiones que la Constitución Nacional y la forma republicana no habilitan, por una parte, por tratarse de facultades reservadas al Poder Judicial y por otra, por cuanto igualmente competen a las provincias y no a la Nación. El ministro del Interior tiene vedado opinar sobre el alcance de las sentencias del Poder Judicial en general y menos aun cuando dichos pronunciamientos corresponden a jueces y magistrados provinciales y cuya revisión -si así correspondiera procesalmente- igualmente competen a órganos locales. Su actitud al igual que la de la restante ministro Gómez Alcorta hacen incurrir a los nombrados en la causal de mal desempeño y pasibles de juicio político, mecanismo que sería ilusorio creer que podrá tener lugar. En cuanto a la intervención de los otros personajes periféricos que acompañan la campaña -los D’Elía; las Bonafini; los Parrilli; los Zaffaroni o los Tailhade de la vida- solo cabe tender un manto de piedad ya que su ignorancia y servilismo no tienen límites.

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